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Renta 2020: Acciones, fondos, dividendos... Cómo rendir cuentas a Hacienda

Publicado 21.04.2021, 07:19
Actualizado 02.09.2020, 08:05

Como cada año llega el momento de la cita con Hacienda. La campaña para presentar la declaración correspondiente al ejercicio 2020 comenzó el 7 de abril para las presentaciones por internet y finalizará el próximo 30 de junio. Para presentarla por teléfono será desde el 6 de mayo y para presentarla presencialmente el 2 de junio. 

Pero veamos las fechas de cada modalidad:

1) Por teléfono: lo primero de todo es pedir cita previa (se puede hacer por internet o por teléfono desde el 4 de mayo hasta el 29 de junio). La fecha para hacer la declaración por teléfono es del 6 de mayo al 30 de junio.

2) Online: desde el 7 de abril al 30 de junio se tiene acceso al borrador y se presentar la declaración por Internet mediante el programa Renta Web. No se necesita tener cita previa y sí hay que tener DNI electrónico o el certificado. No puede ser después del 25 de junio si sale a pagar con domiciliación en cuenta bancaria.

3) Presencial: hay que pedir cita previa desde el 27 de mayo y el 29 de junio es el último día. Desde el 2 de junio la Agencia Tributaria empezará a atender en persona.

Vamos a repasar el tema de la fiscalidad de las inversiones bursátiles y cómo hacerlo correctamente.

Para empezar vamos a ver una serie de reglas:

- Tener acciones no implica tener que pagar impuestos. Es en el momento de la venta de las acciones cuando se genera una ganancia o pérdida patrimonial que sí hay declarar en la renta.

- Las acciones tributan dentro de las rentas del ahorro como ganancia o pérdida patrimonial. Hay que tener presente que en la declaración de la renta únicamente se han de meter las acciones vendidas en ese mismo ejercicio fiscal y no las que se mantienen en cartera.

- La ganancia o pérdida se obtiene restando al dinero obtenido de la venta, el precio de compra y los gastos o comisiones de la operación.

- También conviene recordar que el total de ganancias o de pérdidas se mide por la diferencia entre el precio de venta y de compra (FIFO), lo que quiere decir que será como si las acciones vendidas hubiesen sido las primeras compradas.

- No se pueden compensar pérdidas y ganancias cuando hablamos de acciones de una misma empresa vendidas y compras en el plazo de dos meses.

¿Cómo tributan las acciones? Pues lo hacen en el IRPF en la base del ahorro y hay 3 tipos:

* Hasta 6.000 euros: 19%
* Entre 6.000,01 y 50.000 euros: 21%
* Entre 50.000,01 y 200.000 euros: 23%
* Más de 200.000 euros: 26%

Decir que la campaña del año que viene referente a los ingresos percibidos en el 2021 tendrá un nuevo tramo para ingresos a partir de 300.000 euros y será del 47%.

Veamos un ejemplo:

Compramos 1000 acciones a 15€ y pagamos una comisión de 5 euros (total
15.005 euros). Vendemos esas acciones y obtenemos 30.000 euros pero pagamos otros 5 euros de comisión (total obtenemos 29.995 euros). La ganancia que tributa son 14.990 euros  (29.995-15.005).

Pues bien, de esos 14.990 euros sobre los primeros 6.000 euros pagaremos el 19% y sobre los 8.990 euros restantes pagaremos el 21%.

Lo positivo es que tenemos también la posibilidad de compensar pérdidas. Imaginemos que hemos hecho otra operación y hemos perdido 6.000 euros. Pues entonces habría que declarar 8.990 euros (14.990 de la primera operación – 6.000 de la segunda operación). Y si el rendimiento fuese negativo se podrían compensar las pérdidas con rendimientos del capital mobiliario, eso sí, con un límite del 25% y en 4 años. Importante, Hacienda no proporcionará esa información, de manera que si no tenemos bien anotado esos números y datos para incorporarlos a la declaración no se podrán compensar pérdidas de los anteriores ejercicios.

Los dividendos tributan en la base imponible del ahorro con los mismos tipos que las acciones:

* Hasta 6.000 euros: 19%
* Entre 6.000,01 y 50.000 euros: 21%
* Entre 50.000,01 y 200.000 euros: 23%
* Más de 200.000 euros: 26%

Respecto a la fiscalidad de los fondos de inversión, pocas diferencias respecto a las acciones, se tributa cuando vendemos las participaciones y los tipos son los mismos:

* Hasta 6.000 euros: 19%
* Entre 6.000,01 y 50.000 euros: 21%
* Entre 50.000,01 y 200.000 euros: 23%
* Más de 200.000 euros: 26%

La ventaja es que la venta de participaciones no tributará cuando el importe obtenido de las mismas sea traspasado a otro fondo de inversión. Asimismo, las nuevas participaciones conservarán el valor y la fecha de compra de las que se hayan vendido. Pero para ello se exige un requisito: el fondo de inversión ha de tener como mínimo 500 partícipes.

Otros productos como los ETFs, futuros, opciones, warrants, certificados, swap tienen los mismos tipos impositivos que las acciones y los fondos.

Últimos comentarios

muchas gracias
otacos
Y si en vez de tributar un particular, lo hacemos a traves de una empresa? Cual es la fiscalidad y manera de hacerlo correctamente?
Gracias por la información. Es de gran utilidad estar bien informados y lo explicas claramente.
Hola, no entendi eso del requisito:el fondo de inversion ha de tener como minimo 500 partícipes,gracias de antemano
esta muy bien tener otra opción de dinero
yo es el primer año que estoy en bolsa, por lo que ya lo haré el año que viene... entiendo que el mismo broker te pasa un resumen de lo comprado, vendido y comisiones no ? ya la diferencia positiva a declarar no ?
Nadie te pasa nada, tu lo has de descargar. Nadie hace tu faena...
Vivo en Ecuador, debo pagar hacienda por el TRADING?
Muy buen articulo, entiendo que si compro accines de repsol y saco beneficio de 1000€ y a los tres meses tengo perdidas de 400€ de es misma accion la compenso y puedo declarar un beneficio de 600€???
Para poder hacer la compensación es obligatorio que pasen mas de 2 meses entre la fecha de venta y la siguiente fecha de compra de esa misma acción.
Que pasaría si cambiará de país de residencia y aun tuviese las acciones que compré en el país natal?
sentido comun,y aplicar normativa fiscal del pais imaginario
Mal vamos si tienes que hacer la declaracion en la agencia tributaria. Esto es como si el almuerzo de cumpleaños lo haces en el mcdonalds. sin querer ofender a nadie hacer la declaracion alli es barato pero sale caro.
cuando percibes dividendos en otro pais,pe EEUU , hay te retinen primera imposicion,cuando te ingresan el dinero en españa te retienen,segunda imposicion.Te vale para que te acerques al concepto.No es todo lo que hay que saber.
perdon perdon perdon he vuelto a leer el post y me parece mentira" Haceptas" imperdonable
 si. claramente hacer la declaracion eln la aeat es porque la puedes hacer alli. eso significa que es sencilla, lo cual ya habla por si solo. saludos
Bueno en el impuesto de la renta no todo son plusvalias no deberias olvidar que los dividendos de acciones y fondosque pilleis deben declararse por el importe integro y la retencion en españa como retencion.No debeis olvidar en el caso de los dividendos percibidos fuera de españa que el integro se refiere al integro en el extranjero si quereis aplicar la deduccion por doble imposicion si existe con el pais.Las retenciones en origen que apliqueis para doble imposicion no deben ser mayores que el % del convenio.La cuestion seria¿,que hacer cuando tu operador no informa de los integros en origen ,solo de los integros en destino y la consignacion como integro el recibido en origen corrige los datos de hacienda?pues no os podeis extrañar de recibir notificaciones por no coincidir los datos.
Eso ya lo sabemos , nos haces tu las declaración a los que hacemos millones de operaciones al año, podrías ofrecerlo como servicio
el petróleo se declara como los futuros?
y como se declara las ventas de fracciones de acciones ordinarias?
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