Las Palmas de Gran Canaria, 8 mar (.).- El Tribunal Supremo ha anulado la autorización concedida en 2012 por el Ministerio de Industria a Gascan para construir una planta regasificadora en Granadilla de Abona, en Tenerife, por no considerar suficientemente completo su proceso de evaluación de impacto ambiental.
El Supremo confirma así una sentencia dictada en igual sentido hace dos años por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que estimó un recurso de la Plataforma Ciudadana contra el Puerto de Granadilla.
En un argumentación que ahora avala el Alto Tribunal, el TSJM decidió que no bastaba con examinar de manera independiente el posible impacto de esa instalación de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado, sino que debió haberse estudiado si tenía algún efecto "acumulativo" con otras industrias potencialmente peligrosas existentes en esa misma zona, como la central térmica de generación eléctrica, situada a 400 metros.
La sentencia que ahora se declara firme considera que el no haber realizado ese estudio de impacto con un enfoque más amplio, que tenga en cuenta el contexto que rodea al lugar donde se levantaría la planta, "desnaturaliza el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, que debe ser adecuado para preservar de forma integral los intereses ecológicos concurrentes en ese lugar".