La CIJ da la razón a Guinea Ecuatorial en la disputa con Gabón por tres islas con petróleo

Publicado 19.05.2025, 17:13
© Reuters.  La CIJ da la razón a Guinea Ecuatorial en la disputa con Gabón por tres islas con petróleo

La Haya, 19 may (.).- La Corte Internacional de Justicia (CIJ) le ha dado este lunes la razón a Guinea Ecuatorial en una disputa que la enfrentaba a Gabón por la soberanía sobre tres islas situadas en aguas aparentemente ricas en petróleo en la bahía de Corisco, en África Occidental, subrayando que Malabo heredó el título territorial que tenía España en 1968.

En un veredicto legal y vinculante que zanja una disputa territorial que surgió ya en 1972, el tribunal de la ONU defendió, como hacía Malabo, la aplicabilidad del tratado de París, firmado en 1900 entre Francia y España para definir las fronteras entre sus entonces colonias, Gabón y Guinea Ecuatorial respectivamente.

El veredicto ha dejado “sin fuerza de ley” en las relaciones entre ambos un tratado posterior invocado por Gabón y denominado Convención de Bata de 1974.

La CIJ declaró “por unanimidad” que los títulos jurídicos invocados que sí tienen fuerza legal en las relaciones bilaterales, en lo que respecta a la delimitación de su frontera terrestre común, son los títulos detentados en 1960 por Francia y en 1968 por España, en virtud del Convenio Especial sobre la delimitación de las posesiones francesas y españolas en África Occidental, firmado en París en junio de 1900, a los cuales Gabón y Guinea Ecuatorial sucedieron al independizarse.

En este sentido, la Corte determinó por mayoría que el título que tiene fuerza legal respecto a la soberanía sobre la isla Mbañe, de unas 30 hectáreas, y los islotes de Conga y Cocoteros, es el detentado por España el 12 de octubre de 1968, al cual sucedió Guinea Ecuatorial al independizarse.

El documento firmado en 1900 supone un título jurídico que establece el punto final de la frontera terrestre entre Gabón y Guinea Ecuatorial, el cual sirve de punto de partida para la frontera marítima, añadió la CIJ.

También subrayó que la Convención de la ONU sobre el Derecho del Mar, de 1982, es “un tratado internacional con fuerza legal” en las relaciones entre Gabón y Guinea Ecuatorial, en lo que se refiere a “la delimitación de su frontera marítima común”, pero no confiere por sí sola un título específico de soberanía marítima.

Ambos Estados de África Occidental llegaron a un acuerdo especial para iniciar en 2021 este procedimiento ante la CIJ, en busca de una solución amistosa.

Las partes solicitaron a la Corte determinar si los títulos jurídicos, tratados y convenios internacionales invocados por cada país tienen fuerza de ley en las relaciones entre Gabón y Guinea Ecuatorial en lo que respecta a la delimitación de sus fronteras marítimas y terrestres comunes y a la soberanía sobre esas islas.

Guinea Ecuatorial defendía la aplicabilidad del tratado de París (1900) y Gabón aseguraba que existe un tratado posterior, la Convención de Bata de 1974, que le otorgaría la soberanía sobre esas islas.

Malabo explicó que el documento de la Convención de Bata “presentado no era un original, sino tan solo una fotocopia no autenticada, y los representantes ecuatoguineanos solicitaron a Gabón que presentara los originales en español y francés del documento, pero Gabón respondió que no disponía del original”.

A lo largo de los últimos años, ambos países concedieron licencias de exploración y explotación petrolera en la bahía de Corisco, y tuvieron numerosos encuentros para resolver la disputa de forma diplomática.

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