Madrid, 8 may (.).- El nuevo Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) que patronal y sindicatos han alcanzado plantea, junto a la senda de subidas salariales, otros aspectos como el derecho a la desconexión digital, la promoción de la igualdad o la salud laboral que deben servir de guía para la negociación colectiva.
Estas son algunas claves de este pacto hasta 2025 -ratificado por CEOE y UGT, y al que CCOO dará mañana previsiblemente el visto bueno- según el borrador al que ha tenido acceso EFE:
1. FIJOS DISCONTINUOS: DESAROLLO EN CONVENIOS Y HABILITAR A LAS ETT
Se recomienda impulsar el contrato fijo-discontinuo a través de los convenios colectivos para adaptarlo mejor a las necesidades de trabajadores, sectores y empresas, y se aboga por habilitar a las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) para que puedan realizar estos contratos para la cobertura de posiciones temporales de la empresa usuaria.
2. IMPULSAR LA JUBILACIÓN PARCIAL Y FLEXIBLE
Los convenios colectivos podrán reconocer el acceso a la jubilación parcial con contrato de relevo e impulsarán los mecanismos para su puesta en marcha. Igualmente se aconseja potenciar desde los convenios fórmulas de jubilación gradual y flexible para facilitar el tránsito desde la vida activa al retiro laboral.
3. REVISIÓN DE CONTRATOS PÚBLICOS Y FOMENTO DE LOS PLANES DE EMPLEO
Se insta al Gobierno a modificar la ley de contratos públicos que impide revisar precios y que no permite a las empresas actualizarlos ante las subidas del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
También se aboga por fomentar en los convenios colectivos los Planes de Pensiones de Empleo, "como medida de ahorro a largo plazo de carácter finalista y de complemento de las pensiones públicas".
4. BAJAS LABORALES Y RIESGOS PSICOSOCIALES
Se establece el compromiso de trabajar para reducir el número de procesos de incapacidad temporal (IT) derivada de contingencias comunes y su duración, y se demanda que las mutuas puedan realizar pruebas diagnósticas y tratamientos terapéuticos y rehabilitadores en procesos de IT por contingencias comunes de origen traumatológico.
En el ámbito de la salud laboral se pide avanzar en la gestión preventiva de los riesgos psicosociales, impulsando programas de prevención del estrés laboral.
5. MÁS FLEXIBILIDAD PARA EMPRESAS Y TRABAJADORES
Se fomentará que los convenios aporten "flexibilidad interna" para "facilitar la adaptación competitiva de las empresas y mantener el empleo", mencionando específicamente el Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) para "abordar situaciones coyunturales", así como la preferencia de las reducciones de jornada frente a la suspensión de contratos.
Asimismo, el AENC recomienda fijar las jornadas en cómputo anual para "facilitar fórmulas flexibles de ordenación del tiempo de trabajo", así como la implementación de la distribución irregular de la jornada para "compatibilizar las necesidades organizativas de las empresas con la vida personal de los trabajadores".
6. DEFINICIÓN DEL TELETRABAJO Y LA DESCONEXIÓN DIGITAL
Los convenios deben identificar los puestos y las funciones "susceptibles de trabajo a distancia" y establecer las condiciones de acceso, así como la duración máxima de este tipo de jornada, la jornada mínima presencial y el porcentaje de referencia para ambas.
El V AENC contempla igualmente que se regule en convenio la desconexión digital como "un derecho a no atender dispositivos digitales fuera de la jornada", aunque señala que "la conexión voluntaria no conllevará responsabilidades de la empresa".
7. MEDIDAS EN PRO DE LA IGUALDAD Y LA DIVERSIDAD
Se recoge "la necesidad de promover la igualdad real entre mujeres y hombres en el empleo" mediante medidas en materia de conciliación y de fomento de la contratación de mujeres, en especial en puestos o sectores donde están infrarrepresentadas.
También que la inclusión de personas con discapacidad, la diversidad LGTBI y la violencia sexual y de género son materias que deben tratarse en los convenios colectivos.
8. LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN EL MUNDO LABORAL
El AENC reconoce el "impacto significativo" de la irrupción de la inteligencia artificial (IA) en el mundo laboral y establece que el despliegue de estos sistemas siga el "principio de control humano", que debe ser seguro y transparente, y que debe regularse en la negociación colectiva.
nca-