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El Supremo avala que la causa penal por el "dieselgate" se juzgue en Alemania

Publicado 24.09.2021, 14:56
Actualizado 24.09.2021, 14:56
El Supremo avala que la causa penal por el "dieselgate" se juzgue en Alemania

El Supremo avala que la causa penal por el "dieselgate" se juzgue en Alemania

Madrid, 24 sep (.).- El Tribunal Supremo ha acordado que la investigación penal que involucra a Volkswagen (DE:VOWG_p) por la manipulación de motores diésel, conocido como "dieselgate", debe juzgarse en Alemania, para evitar que se conculque el principio "non bis in idem", que impide sancionar dos veces por los mismos hechos.

La sala segunda ha desestimado de este modo los recursos de una acusación particular agrupada y de la asociación de consumidores FACUA contra la decisión de la Audiencia Nacional de trasladar este procedimiento a las autoridades judiciales de Alemania.

Para el Supremo, existe una relación ineludible entre la causa que se ha seguido en España y la abierta en Alemania, que "respaldan que se preserve el principio que impide la doble incriminación".

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno acordó en marzo de 2019 el envío definitivo a Alemania de las actuaciones realizadas en España sobre el denominado "dieselgate".

Lo hizo después de que en septiembre de 2015 se descubriera en Estados Unidos que el Grupo Volkswagen montó en los motores diésel de la familia EA 189 un software que alteraba a la baja las emisiones del vehículo cuando éste detectaba que estaba siendo sometido a una inspección.

El magistrado falló entonces que se remitiera a la Fiscalía de Braunschweig (Alemania) la totalidad de las actuaciones y piezas separadas realizadas sobre el citado fraude.

Del medio millón de vehículos afectados en Estados Unidos, se pasó a once millones en todo el mundo, de los que 8,5 millones están en Europa (de ellos unos 680.000 en España).

Los más de 3.000 españoles afectados ya se unieron a los más de 400.000 perjudicados agrupados en Alemania, donde se ha presentado la mayor demanda colectiva hasta la historia contra un fabricante automovilístico.

LOS AFECTADOS PODRÁN SEGUIR DEMANDANDO EN ESPAÑA

Con todo, los magistrados del Supremo establecen la diferencia entre la causa penal, que a partir de ahora queda definitivamente en manos de la Justicia alemana, y los procedimientos civiles que hayan interpuesto los consumidores ante los tribunales españoles.

En este sentido, la sentencia recalca que los titulares de los vehículos afectados "podrán ejercitar en España, si a su derecho interesa, las acciones civiles oportunas", con el objetivo de que se les reparen los daños sufridos.

El Supremo se remite así a la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en julio de 2020 reconoció la competencia de los juzgados nacionales en demandas por el "dieselgate".

De hecho, recientemente el Alto Tribunal ha condenado a Volkswagen Audi (F:NSUG) España, filial del grupo automovilístico alemán, a indemnizar con 500 euros por daños morales a un perjudicado, al entender que la distribuidora asume en el país la responsabilidad de su matriz.

Dicha sentencia se conocía pocos meses después de que un juzgado de Madrid obligara a la filial a desembolsar más de 16 millones de euros entre más de 5.400 afectados, en el marco de la demanda colectiva de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

El fallo se encuentra actualmente pendiente de que se resuelva el recurso.

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