Oferta de Cyber Monday: Hasta un 60% de descuento InvestingProEMPECEMOS

El Supremo estima incluir en los ERTE covid a fijos discontinuos de hoteles

Publicado 22.11.2021, 14:22
El Supremo estima incluir en los ERTE covid a fijos discontinuos de hoteles

Valencia, 22 nov (.).- El Tribunal Supremo ha estimado incluir a 50 empleados fijos discontinuos de una empresa hotelera con establecimientos en Valencia y Alicante en los ERTE por fuerza mayor activados durante la pandemia, al recurrir el sindicato CCOO PV porque se habían quedado fuera de esta regulación durante dos meses, cuando se decretó el confinamiento en marzo de 2020.

La Inspección de Trabajo de Valencia se había posicionado a favor de la tesis del sindicato durante el año 2020 pero hubo empresas que hicieron caso omiso de las instrucciones y los fijos discontinuos sufrieron "una situación muy perjudicial", según ha indicado en un comunicado la federación de Servicios de CCOO PV.

El sindicato presentó demanda contra la decisión de una cadena hotelera con implantación en Valencia y Alicante, Industrias Hoteleras del Mediterráneo, con hoteles en Gandía, Benidorm y Villajoyosa, y fue desestimada en primera instancia por el Tribunal Superior de Justicia autonómico.

Ahora el Tribunal Supremo ha estimado la demanda del sindicato para la inclusión del personal que, habiendo sido llamado a trabajar en el periodo de actividad de 2020, vieron suspendida su actividad antes y después de la fecha de efectos del ERTE, así como al personal fijo discontinuo que no se pudieron incorporar por falta de llamamiento anterior a la fecha del ERTE como consecuencia de la COVID-19.

Según ha explicado a EFE el responsable de acción sindical de la federación de Servicios de CCOO PV, Salvador Mejías, la primera norma sobre los ERTE no dejaba claro la inclusión de los fijos discontinuos y a muchos de estos trabajadores "no se les dio la ventaja de los ERTE en la prestación por desempleo", aunque la norma posterior sí los englobó.

Pero los afectados quedaron desprotegidos durante unos dos meses, desde mediados de marzo de 2020, y ahora el Supremo da la razón al sindicato, que espera que la empresa hotelera reconozca el derecho de esos trabajadores.

"Valoramos que el Supremo haya recogido las tesis sindicales y no solo considere los mecanismos de protección establecidos por el Gobierno a través del diálogo social con sindicatos y patronal, sino que preserve los derechos a la ocupación efectiva de un colectivo muy importante en el sector turístico" de la Comunitat Valenciana, ha destacado Mejías en una nota.

En plena negociación por la reforma de la norma laboral, la federación de Servicios CCOO PV considera que el tratamiento del personal fijo discontinuo ha de ser garantía de estabilidad en ocupación y derechos, además de mejorar la actual protección social.

Por ello, este tipo de resoluciones "resulta de enorme importancia ante conductas empresariales torticeras que buscan trabajadores a la carta y sostienen que no encuentran profesionales".

Últimos comentarios

Instala nuestra app
Aviso legal: Las operaciones con instrumentos financieros o criptomonedas implican un elevado riesgo, incluyendo la pérdida parcial o total del capital invertido, y pueden no ser adecuadas para todos los inversores. Los precios de las criptomonedas son extremadamente volátiles y pueden verse afectados por factores externos de tipo financiero, regulatorio o político. Operar sobre márgenes aumenta los riesgos financieros.
Antes de lanzarse a invertir en un instrumento financiero o criptomoneda, infórmese debidamente de los riesgos y costes asociados a este tipo operaciones en los mercados financieros. Fije unos objetivos de inversión adecuados a su nivel de experiencia y su apetito por el riesgo y, siempre que sea necesario, busque asesoramiento profesional.
Fusion Media quiere recordarle que la información contenida en este sitio web no se ofrece necesariamente ni en tiempo real ni de forma exacta. Los datos y precios de la web no siempre proceden de operadores de mercado o bolsas, por lo que los precios podrían diferir del precio real de cualquier mercado. Son precios orientativos que en ningún caso deben utilizarse con fines bursátiles. Ni Fusion Media ni ninguno de los proveedores de los datos de esta web asumen responsabilidad alguna por las pérdidas o resultados perniciosos de sus operaciones basados en su confianza en la información contenida en la web.
Queda prohibida la total reproducción, modificación, transmisión o distribución de los datos publicados en este sitio web sin la autorización previa por escrito de Fusion Media y/o del proveedor de los mismos. Todos los derechos de propiedad intelectual están reservados a los proveedores y/o bolsa responsable de dichos los datos.
Fusion Media puede recibir contraprestación económica de las empresas que se anuncian en la página según su interacción con éstas o con los anuncios que aquí se publican.
Este aviso legal está traducido de su texto original en inglés, versión que prevalecerá en caso de conflicto entre el texto original en inglés y su traducción al español.
© 2007-2024 - Fusion Media Ltd. Todos los Derechos Reservados.