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Logran cancelar 137.721 euros de deuda por la Ley de Segunda Oportunidad

Publicado 17.07.2019, 19:11
Actualizado 17.07.2019, 19:29
© Reuters.  Logran cancelar 137.721 euros de deuda por la Ley de Segunda Oportunidad

San Sebastián, 17 jul (.).- El Juzgado de Primera Instancia número 4 de San Sebastián ha acordado la cancelación de una deuda de 137.721 euros, contraída por un matrimonio donostiarra al que ha concedido el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) mediante la denominada Ley de Segunda Oportunidad.

Esta norma, que entró en vigor en julio de 2015, establece una segunda oportunidad en el ámbito concursal para deudores de buena fe con cargas, que incluye a los particulares, retira las cláusulas suelo a colectivos vulnerables y apoya las bonificaciones a familias y autónomos, entre otras medidas.

Los particulares exonerados mediante esta ley sólo tienen que devolver sus deudas tras cinco años en casos excepcionales y fortuitos, como puede ser por una herencia no prevista o un premio de lotería o de juegos de azar.

Con el fin de no estigmatizar socialmente al exonerado, la norma limita el acceso al Registro Público Concursal.

Para beneficiarse de la exoneración del pasivo en estos casos es preciso, según declaró recientemente el Tribunal Supremo, que el concurso no haya sido calificado culpable, que el deudor concursado no haya sido condenado por sentencia firme por determinados delitos patrimoniales y que se haya acudido al procedimiento del acuerdo extrajudicial de pagos con carácter previo a la apertura del concurso.

En el caso del matrimonio de San Sebastián, representado en este asunto por el despacho de abogados Repara tu Deuda, la pareja había acumulado una deuda de 137.721 euros contraída "poco a poco" mediante préstamos con trece entidades acreedoras, después de que el varón se quedara en el paro.

En un auto, al que ha tenido acceso Efe, el Juzgado de Primera Instancia número 4 de San Sebastián explica ahora que en este caso los "activos" del matrimonio para solventar su deuda eran "inexistentes" por lo que la "única cuestión a resolver" se refería al "pasivo insatisfecho".

El documento aclara que la "única" respuesta a la petición de exoneración solicitada por el matrimonio vino por parte de la administración concursal que se mostró "conforme con la concesión de este beneficio".

Por este motivo, "unido a la falta de alegaciones por parte de los acreedores", el juzgado concede ahora "con carácter provisional" a este matrimonio "el beneficio de exoneración respecto de los créditos incluidos en su solicitud".

En un comunicado, el despacho Repara tu Deuda aclara que "la Ley de Segunda Oportunidad está pensada para brindar una nueva ocasión a las personas que se han equivocado o las cosas les han ido mal" y precisa que "no debe entenderse como una vía para limpiar el expediente y volver a endeudarse", ya que constituye "una oportunidad real que la legislación ofrece para hacer las cosas bien".

La consultora recuerda, en este sentido, que esta Ley permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda siempre que se demuestre que previamente han actuado de buena fe e intentado un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda, fijar un calendario de pago inferior a diez años o pagarla mediante la cesión de bienes.

Si no se logra dicho acuerdo, pueden solicitar un concurso de acreedores y pedir ante el tribunal la exoneración de la deuda, concluye el bufete.

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