Última hora
Investing Pro 0

Acuerdo preliminar UE para ampliar reducción fiscal a cerveza baja graduación

Publicado 24.06.2020 18:28 Actualizado 24.06.2020 18:43
Guardado. Ver Elementos guardados.
Artículo ya guardado en sus Elementos guardados
 
© Reuters. Acuerdo preliminar UE para ampliar reducción fiscal a cerveza baja graduación

Bruselas, 24 jun (.).- Los embajadores de los Estados miembros de la Unión Europea (UE) acordaron este miércoles provisionalmente nuevas normas para la fiscalidad del alcohol, que incluye ampliar a 3,5 grados el límite de la graduación de las cervezas que se pueden beneficiar de un impuesto reducido.

El Consejo informó en un comunicado sobre las nuevas normas actualizadas respecto a los impuestos especiales al alcohol, que buscan reducir distorsiones en el mercado único y crear incentivos para que los consumidores elijan bebidas con menos graduación.

"Se espera que las reglas actualizadas sobre las estructuras de los impuestos especiales mejoren el ambiente de negocio y reduzcan costes para los pequeños productores de alcohol, a la vez que tienen en cuenta consideraciones sanitarias y sobre la eficiencia en la recaudación de impuestos", explicó la institución.

Entre los cambios que incluirá la reforma se incluye un incremento de la graduación máxima bajo la cual la cerveza se beneficia de una tasa reducida, que pasa de 2,8 grados a 3,5.

"Este cambio incluye incentivos para el consumidor para elegir bebidas alcohólicas de baja graduación en vez de otras más fuertes, reduciendo por tanto el consumo de alcohol. También incita a los productores de cerveza a ser innovadores y crear nuevos productos de menos graduación", explicó el Consejo.

El régimen de tasas especiales reducidas para pequeños productores de cerveza y alcohol etílico se extenderá también a los fabricantes de otras cervezas fermentadas, como la sidra.

Además, se pondrá en marcha un sistema de certificaciones comunes en la UE que confirme el estatus de los pequeños productores independientes y les reconozca como tal en toda la UE.

La recaudación de los impuestos especiales, que se aplican a productos como el alcohol, el tabaco o la energía, va íntegramente al país en el que se paga el producto, por lo que los países de la UE cuentan desde 1992 con reglas comunes, en particular impuestos especiales mínimos, para asegurar que estas tasas se aplican de la misma forma y a los mismos productos.

Tras este trámite, el Consejo tiene aún que adoptar las nuevas reglas de manera formal una vez se concluya el trabajo legal y lingüístico sobre la norma.

Una vez los países lo incorporen a su ordenamiento jurídico, las reglas se aplicarán desde el 1 de enero de 2022.

(Más información sobre la Unión Europea en euroefe.euractiv.es)

Acuerdo preliminar UE para ampliar reducción fiscal a cerveza baja graduación
 

Artículos relacionados

Comentar

Guía para comentarios

Desde Investing.com España le invitamos a que interactúe con otros usuarios y comparta con ellos sus puntos de vista y sus dudas en relación con el mercado. Sin embargo, para que el debate sea lo más enriquecedor posible, por favor, le rogamos que tenga en cuenta los siguientes criterios:

  • Aporte valor a la conversación: Transmita sus conocimientos reales sobre el mercado. Si dispone de información técnica o razones contrastadas sobre los comentarios que vierte en el foro, por favor, añádalas también. Recuerde que hay usuarios que sí deciden operar en real en base a comentarios publicados en el foro.
  • Céntrese en el tema a tratar y contribuya al debate con información de interés. Recuerde que somos una página de información económica y bursátil, por lo que no daremos cabida a comentarios de índole política, religiosa o social. 
  • Sea respetuoso: Rebata cualquier argumento de forma constructiva y diplomática. Queremos ante todo conversaciones objetivas y que se centren en el tema/instrumento a debatir en cuestión. 
  • Cuide la redacción: Vigile la puntuación, las mayúsculas y las tildes. Solo se permitirán comentarios en castellano. Se pueden eliminar comentarios en otros idiomas o dialectos, comentarios cuyo contenido no sea comprensible o comentarios en mayúsculas.
  • Evite comentarios irreverentes, difamatorios o ataques personales contra otros autores o usuarios. Pueden suponer la suspensión automática de la cuenta.
  • Cuidado a la hora de elegir un nombre para su cuenta: Se suspenderán aquellas cuentas que utilicen los nombres de personalidades conocidas o intenten suplantar la identidad de otros usuarios, así como aquellas cuentas que incumplan de manera reiterada las normas del foro. No se permitirán tampoco nombres o nicknames inapropiados o promocionales.
  • NOTA: El spam, los mensajes promocionales y los enlaces serán eliminados de sus comentarios. Enlaces a grupos de Facebook, Telegram, WhatsApp, entre otros, se eliminarán del foro y pueden suponer la suspensión automática de la cuenta. Velamos en todo momento por la protección de datos.

¿Cómo funciona la sección de comentarios?

Todos los comentarios se publican de forma automática siempre y cuando no incumplan ninguna de las normas anteriores. En el momento en el que el sistema detecta una posible “infracción”, el comentario se queda pendiente de revisión, por lo que puede tardar más en aparecer en pantalla (evite duplicar comentarios).

Si el moderador detecta que es un comentario inapropiado procederá a eliminarlo. Si el usuario incide en dicho comportamiento, procederemos a suspender de forma temporal su cuenta y contará como un primer aviso. Si el comportamiento se repite tras el primer aviso, se suspenderá la cuenta de forma definitiva.

Contacte con Soporte Técnico ante cualquier duda que pueda surgirle. Es la única vía de comunicación para tratar estos temas.

Escribe tus ideas aquí
 
¿Estás seguro que quieres borrar este gráfico?
 
Publicar
Publicar también en
 
¿Sustituir el gráfico adjunto por un nuevo gráfico?
1000
En estos momentos no le está permitido dejar comentarios debido a informes negativos de otros usuarios. Su estado será revisado por nuestros moderadores.
Por favor, espere un minuto antes de publicar otro comentario
Muchas gracias por participar en nuestro foro. Su comentario quedará pendiente hasta que nuestros moderadores lo revisen, por lo que puede tardar un tiempo en aparecer publicado.
 
¿Estás seguro que quieres borrar este gráfico?
 
Publicar
 
¿Sustituir el gráfico adjunto por un nuevo gráfico?
1000
En estos momentos no le está permitido dejar comentarios debido a informes negativos de otros usuarios. Su estado será revisado por nuestros moderadores.
Por favor, espere un minuto antes de publicar otro comentario
Adjuntar un gráfico al comentario
Confirmar bloqueo

¿Está seguro de que desea bloquear a %USER_NAME%?

Al hacerlo, ni usted ni %USER_NAME% podrán ver las publicaciones del otro en Investing.com.

Se ha agregado correctamente a %USER_NAME% a su lista de usuarios bloqueados

Acaba de desbloquear a esta persona; tiene que esperar 48 horas para poder bloquearla de nuevo.

Denunciar este comentario

Díganos qué piensa de este comentario

Comentario denunciado

Gracias

Su denuncia será examinada por nuestros moderadores
Regístrese con Google
o
Regístrese con su email