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Fráncfort (Alemania) 23 jun (.).- El Banco Central Europeo (BCE) recomienda la modificación del artículo 22 de sus Estatutos para que se le asigne una "competencia legal clara en el ámbito de la compensación central" para poder vigilarla cuando el Reino Unido salga de la Unión Europea (UE).
El BCE informó hoy de que esta competencia facilitaría al Eurosistema el ejercicio de las competencias previstas para los bancos centrales emisores de acuerdo con la revisión del Reglamento Europeo de Infraestructuras de Mercado (EMIR) propuesta por la Comisión.
El texto del artículo 22 modificado sería el siguiente: "El BCE y los bancos centrales nacionales podrán proporcionar medios, y el BCE dictar reglamentos, destinados a garantizar unos sistemas de compensación y pago, y unos sistemas de compensación de instrumentos financieros, eficientes y sólidos, dentro de la Unión y con otros países", añade el comunicado.
La Comisión Europea ha propuesto recientemente reforzar la vigilancia comunitaria sobre las cámaras de compensación, intermediarios clave en las operaciones con derivados en euros de terceros países, lo que le permitirá supervisar este negocio concentrado en Londres tras el "brexit".
Las modificaciones legales permitirán al Eurosistema vigilar y afrontar los riesgos asociados a las actividades de compensación central que pudieran afectar a la ejecución de la política monetaria, al funcionamiento de los sistemas de pago y a la estabilidad del euro
Actualmente la compensación de gran parte de transacciones en euros se lleva a cabo en Londres.
Las entidades de contraparte central o cámaras de compensación, que pertenecen generalmente a grandes bancos, facilitan la negociación de acciones y derivados en los mercados internacionales.
Para ello realizan funciones de compensación, mediando entre el comprador y el vendedor y definiendo las condiciones para llevar a cabo la operación.
Y también de liquidación al comprobar que la transferencia de valores y capital para completar la transacción se ha realizado correctamente y a tiempo.
Además, garantizan la transacción, cubriendo el riesgo de impago de una de las partes.
Estas nuevas competencias suponen un refuerzo significativo de las funciones de los bancos centrales emisores en el sistema de supervisión de las contrapartidas centrales, según el BCE.
En particular en el reconocimiento y la supervisión de las entidades de contrapartida central que sean importantes para el sistema de terceros países que compensan volúmenes significativos de operaciones denominadas en euros.
El BCE ha remitido la recomendación al Parlamento Europeo y al Consejo para que adopten una decisión por la que se modifica el artículo 22.
La Comisión emitirá un dictamen sobre esta recomendación.