Madrid, 29 jul (.).- Las empresas que depositen sus cuentas anuales en el Registro Mercantil sin incorporar los nuevos modelos de presentación publicados el pasado lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) contarán con un plazo de hasta cinco meses para subsanar el registro y adaptarlo a la nueva normativa.
En un comunicado, el Consejo General de Economistas de España (CGE) ha explicado que tras las numeras quejas del CGE respecto a la aplicación de la nueva norma, así como los diferentes contactos mantenidos con diversas instituciones públicas para tratar la cuestión, el Colegio de Registradores de la Propiedad ha habilitado varias opciones para facilitar el cumplimiento de la norma.
En este sentido, el Colegio de Registradores recuerda que al haber entrado en vigor los cambios respecto a la norma para la presentación de lascuentas anuales en el Registro Mercantil, estas deberán depositarse "con arreglo a la nueva normativa".
Sin embargo, para permitir que las empresas puedan cumplir con la obligación en plazo del depósito de las cuentas, a la vez que incorporan las nuevas exigencias legales en tan breve periodo de tiempo (el plazo finaliza mañana viernes), se han habilitado varias alternativas.
Por un lado, a las empresas que puedan adaptarse a las nuevas exigencias normativas se les permitirá que realicen la presentación de manera inmediata y digitalizada.
Además, las empresas que no puedan cumplir con los plazos, podrán usar los modelos de presentación de cuentas anteriores, pero deberán adaptar sus cuentas a la nueva norma en un plazo de cinco meses.
Según el comunicado del CGE, el Colegio de Registradores ha habilitado un acceso específico con toda la información en su página web.
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