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Las empresas de la UE pueden rescindir acuerdos con Irán por coste de sanciones -TJUE

Publicado 21.12.2021, 12:46
Actualizado 21.12.2021, 12:48
© Reuters. FOTO DE ARCHIVO: La entrada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo, el 26 de enero de 2017. REUTERS/Francois Lenoir/Foto de Archivo

21 dic (Reuters) - Las empresas europeas pueden poner fin a los contratos con empresas iraníes afectadas por las sanciones de EEUU si el mantenimiento de los acuerdos supone una "pérdida económica desproporcionada", dijo el martes Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La sentencia del TJUE en Luxemburgo fue motivada por una demanda de la sucursal alemana del banco estatal iraní Melli contra Deutsche Telekom (DE:DTEGn) después de que el proveedor de telecomunicaciones rescindiera un contrato con el banco en 2018 antes de su vencimiento.

Por su parte, el Tribunal Superior de Hamburgo tendrá que decidir si mantener el contrato con el Banco Melli expondría a Deutsche Telekom, que realiza cerca de la mitad de su facturación con su negocio en Estados Unidos, a una pérdida económica tan desproporcionada.

No está claro cuándo se pronunciará el tribunal de Hamburgo.

En 2018, el entonces presidente de Estados Unidos, Donald Trump, decidió abandonar unilateralmente el acuerdo nuclear con Irán y volver a imponer sanciones a las empresas iraníes que habían sido suspendidas en virtud del acuerdo alcanzado en 2015.

Para tratar de rescatar el acuerdo nuclear y sus beneficios económicos para Irán, la Unión Europea, como firmante, emitió un "estatuto de bloqueo" que prohibía a los individuos y empresas del bloque cumplir con las nuevas sanciones estadounidenses.

El TJUE respaldó el martes el estatuto de bloqueo de la UE en su sentencia, diciendo que "la prohibición impuesta por la legislación de la UE de cumplir con las sanciones secundarias establecidas por Estados Unidos contra Irán puede ser invocada en los procedimientos civiles".

© Reuters. FOTO DE ARCHIVO: La entrada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo, el 26 de enero de 2017. REUTERS/Francois Lenoir/Foto de Archivo

Pero los jueces también dijeron que las normas del estatuto de bloqueo "no pueden vulnerar la libertad de empresa... provocando una pérdida económica desproporcionada".

Al mismo tiempo, los jueces de Hamburgo deben tener en cuenta que Deutsche Telekom no solicitó una exención de las normas del estatuto de bloqueo de la UE, dijo el TJUE.

(Reporte de Sabine Siebold; edición de Barbara Lewis; traducción de Flora Gómez)

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