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Tribunal de la UE mantiene las multas por cártel a Toshiba, Sony y Quanta

Publicado 16.06.2022, 10:54
Actualizado 16.06.2022, 10:54
© Reuters.  Tribunal de la UE mantiene las multas por cártel a Toshiba, Sony y Quanta

Bruselas, 16 jun (.).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) anuló hoy parcialmente la decisión de la Comisión Europea relativa al cártel de fabricantes de lectores de discos ópticos, pero mantuvo las multas contra Toshiba (TYO:6502), Sony (TYO:6758) y Quanta por un total de 116 millones de euros.

La máxima instancia administrativa de la UE anuló así una decisión previa del Tribunal General de la UE y una decisión de la Comisión de 2015, que consideró que varias sociedades habían infringido las normas en materia de competencia al participar en un cártel en el mercado de los lectores de discos ópticos y les impuso multas por un importe total de 116 millones de euros.

El Ejecutivo comunitario estimó entonces que los participantes en el cártel habían coordinado sus comportamientos contrarios a la competencia al menos desde el 232 de junio de 2004 al 25 de noviembre de 2008.

En concreto, la Comisión señaló que Sony Corporation, Sony Optiarc, Sony Optiarc America, Quanta Storage, Toshiba Samsung (KS:005930) Storage Technology y Toshiba Samsung Storage Technology Korea se comunicaron sus intenciones respecto a las estrategias de candidatura para la obtención de los contratos de los aparatos fabricados por Dell y por Hewlett Packard (NYSE:HPQ).

Las firmas recurrieron al Tribunal General de la UE, que en 2019 desestimó sus recursos, por lo que las compañías interpusieron sendos recursos contra las sentencias del Tribunal General y contra la decisión de la Comisión, con el objetivo de que se anularan las multas o se redujera su importe.

El Tribunal de Justicia anula las sentencias del Tribunal General y parcialmente la decisión de la Comisión, al considerar que la corte incurrió en un error al declarar que el Ejecutivo no había violado el derecho de defensa de las sociedades y que había cumplido su obligación de motivar su decisión.

Pero el TJUE desestimó todas las demás alegaciones formuladas por las partes y mantuvo la cuantía de las multas.

(Más información sobre la Unión Europea en euroefe.euractiv.es)

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