Veremos qué es el subsidio por desempleo, en qué se diferencia de la prestación por desempleo, los requisitos para poder recibirlo, cómo pedirlo y los diferentes tipos de subsidio existentes.
Qué es el subsidio por desempleo
El subsidio por desempleo es una ayuda que ofrece la Seguridad Social para aquellas personas desempleadas y que no tienen derecho a recibir la prestación contributiva por desempleo.
En este punto, hay que diferenciar entre prestación contributiva por desempleo y subsidio por desempleo, ya que son dos cosas diferentes.
– Prestación contributiva por desempleo: es un seguro de desempleo, gestionado por el SEPE y lo reciben las personas que han perdido su trabajo así como quienes han visto reducida su jornada laboral de forma temporal o definitiva entre un 10% y un 70%. Es decir, que las personas que renuncian voluntariamente a su empleo no pueden solicitar esta prestación.
El requisito para poder recibirlo es haber cotizado a la Seguridad Social durante al menos 360 días en los últimos seis años. Por cada año cotizado, el trabajador tiene derecho a la prestación durante cuatro meses, siendo este el periodo mínimo, y el máximo, dos años.
– Subsidio por desempleo: es un seguro que gestiona el SEPE y que reciben aquellas personas que han trabajado pero no llegan al tiempo mínimo requerido para solicitar una prestación contributiva por desempleo. Si una persona ha trabajado y cesa su trabajo sin llegar a los 360 días cotizados, tiene derecho a un subsidio por desempleo.
La duración dependerá del número de meses cotizados y de las responsabilidades familiares del solicitante.
· Con responsabilidades familiares: subsidio durante tres, cuatro o cinco meses, en proporción al número de meses cotizados. El subsidio durará 21 meses si ha cotizado seis meses o más.
· Sin responsabilidades familiares: el subsidio durará seis meses si ha cotizado seis meses o más, sin llegar a los 360 días.
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
Requisitos del subsidio por desempleo
Después de conocer qué es el subsidio por desempleo, veamos cuáles son los requisitos principales para poder recibirlo:
- No haber rechazado una oferta de empleo adecuado.
- No haberse negado a participar en actividades de promoción, formación y reconversión profesionales.
- No tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, en cómputo mensual.
El subsidio por desempleo está destinado a aquellos desempleados que:
- Han cotizado menos de un año y no pueden acceder a la prestación por desempleo.
- Han agotado la prestación por desempleo y, además, tienen responsabilidades familiares.
- Tienen más de 45 años y no tienen acceso a la prestación, con independencia de que tengan responsabilidades familiares.
- Trabajadores españoles retornados de un país tercero del Espacio Económico Europeo con el que España no tiene convenio sobre protección de desempleo y hayan trabajado un mínimo de 12 meses en los últimos seis años en el ese país.
También tienen derecho aquellas personas que:
- Hayan salido de prisión y hayan estado privadas de libertad durante al menos 6 meses.
- Trabajadores que han vuelto a ser declarados capaces o con incapacidad parcial después de una situación de invalidez o incapacidad absoluta o total para trabajar.
Cómo pedir el subsidio por desempleo
La solicitud por el subsidio de desempleo se puede hacer de manera telemática o acudiendo, con cita previa, a la delegación más próxima de la Seguridad Social.
El impreso de solicitud, así como la documentación, varía dependiendo del tipo de subsidio de desempleo. En la web del SEPE sobre prestaciones se puede encontrar toda la información sobre documentación.
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Los para percibir un subsidio por desempleo son los siguientes:
- Modelo de solicitud oficial del subsidio.
- Documento de identificación de la persona solicitante.
- Documento de Identificación del cónyuge, hijos o hijas que estén a su cargo y figuren en la solicitud.
- Cualquier documento bancario que figure el número de cuenta de la persona titular y donde desee percibir la prestación.
- En los casos que se requiera también es importante presentar el Libro de Familia o certificación del Registro Civil de nacimiento o de familia.
- En determinados casos se puede requerir la acreditación de un justificante de rentas para la obtención del derecho a recibir un subsidio por desempleo
Tipos de subsidios por desempleo
Vamos a ver a continuación algunos tipos de subsidio por desempleo:
Subsidio por cotización insuficiente
El subsidio por cotización insuficiente está destinado a aquellas personas que tienen menos de un año cotizado.
Los requisitos son los siguientes:
- Tener menos de un año cotizado.
- Estar en una situación legal de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- Haber cotizado al menos tres meses por desempleo en el caso de tener responsabilidades familiares y al menos seis meses en el caso de no tener responsabilidades familiares.
- No tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte de las pagas extraordinarias
La duración del subsidio por cotización insuficiente dependerá del número de meses cotizados y de si tiene o no responsabilidades familiares»:
La cuantía es de 480 euros mensuales.
Subsidio para mayores de 45 años
Es una ayuda económica que se concede a desempleados que tras agotar la prestación contributiva siguen sin encontrar empleo. Para acceder a ella es necesario demostrar una vulnerabilidad económica y carecer de responsabilidades familiares.
Los desempleados que reúnan esas condiciones, pero cuenten con cargas familiares, no podrán acceder a este subsidio. En cambio, deberá acudir a la ayuda familiar, que aunque tenga el mismo importe su duración es mayor, ya que puede llegar hasta los 30 meses de duración.
Los requisitos del subsidio para mayores de 45 años son:
- Ser mayor de 45 años y no tener cargas familiares.
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- Agotar la prestación contributiva por desempleo.
- Firmar el compromiso de actividad y realizar la BAE (Búsqueda Activa para el empleo).
- No tener rentas superiores al 75% de Salario Mínimo Interprofesional.
La cuantía son 480 euros mensuales. La duración es de seis meses sin posibilidad de solicitar prórroga.
Subsidio para mayores de 52 años
Se trata de una ayuda enfocada a desempleados que tengan más de 52 años y que en el momento de solicitarla cumplan con los requisitos para jubilarse, a excepción de la edad.
Los requisitos son:
- Tener cumplidos al menos 52 años en el momento de la solicitud.
- Encontrarse en situación de desempleo y comprometerse a estar buscando empleo de manera activa
- Llevar inscrito como demandante de empleo al menos un mes después de haber dejado de percibir la ayuda por desempleo
- No haber rechazado una oferta de empleo ni ningún tipo de formación o reconversión profesional durante ese mes
- No ser un trabajador fijo discontinuo
- Haber cotizado durante al menos 15 años, teniendo lugar dos de esos años dentro de los últimos 15
- Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral
El importe mensual del subsidio para mayores de 52 años es de 480 euros mensuales.
La ayuda se recibe hasta que la persona alcance la edad que le corresponda para acceder a la jubilación o hasta que encuentre empleo.
Subsidio por incapacidad temporal
Es un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas del trabajador producida por enfermedad común o accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente de trabajo y los períodos de observación por enfermedad profesional.
Requisitos:
- Enfermedad común: estar afiliados y en alta y tener cubierto un período de cotización de 180 días en los 5 años anteriores.
- Accidente sea o no de trabajo, enfermedad profesional, menstruación incapacitante secundaria e interrupción del embarazo: no se exigen cotizaciones previas.
Respecto a la duración:
- Enfermedad o accidente: 365 días prorrogables por otros 180.
Períodos de observación de la enfermedad profesional:1 80 días prorrogables por otros 180.