Por favor, inténtelo con una nueva búsqueda
La SIL podrá invertir entre un 0% y 100% de su patrimonio en IIC financieras, recogidas en el artículo 48.1. c) y d) del Reglamento de IIC que sean activo apto, armonizadas o no, pertenecientes o no al grupo de la Gestora. Se podrá invertir hasta un máximo conjunto del 10 % del patrimonio en IICIL con una rentabilidad acreditada y sostenida, gestionadas por gestoras de reconocido prestigio, acorde con la gestión de la SIL; y en acciones y participaciones de entidades de capital riesgo españolas o extranjeras similares, siempre que sean transmisibles, gestionadas o no por entidades del grupo de la Gestora. No se invertirá en activos ilíquidos.
Nombre | Título | Desde | Hasta |
---|---|---|---|
Jorge Abad Gil | - | 2010 | Ahora |
¿Está seguro de que desea bloquear a %USER_NAME%?
Al hacerlo, ni usted ni %USER_NAME% podrán ver las publicaciones del otro en Investing.com.
Se ha agregado correctamente a %USER_NAME% a su lista de usuarios bloqueados
Acaba de desbloquear a esta persona; tiene que esperar 48 horas para poder bloquearla de nuevo.
Díganos qué piensa de este comentario
Gracias
Su denuncia será examinada por nuestros moderadores