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Aviación y navegación computarán en objetivos biocarburantes y se refuerza la supervisión

Publicado 16.07.2024, 11:03
© Reuters.  Aviación y navegación computarán en objetivos biocarburantes y se refuerza la supervisión
UNIs/USD
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Madrid, 16 jul (.).- La nueva orden para el fomento de los biocarburantes y otros combustibles renovables incorpora al cálculo de los objetivos la aviación y la navegación, y refuerza la plataforma Sicbios, que supervisa el cumplimiento de esos objetivos por los sujetos obligados a incorporar biocarburantes, llegando a castigar incumplimientos con la inhabilitación.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este martes esta orden del Ministerio para la Transición Ecológica, que desarrolla el mecanismo para el fomento de esos carburantes y establece las bases para alcanzar el objetivo de renovables de 2030.

Según la regulación europea, la energía renovable debe representar al menos un 29 % de la demanda para transporte a final de la década.

El ordenamiento jurídico español fija una senda creciente de penetración para cumplir ese objetivo, centrada hasta ahora en biodiésel y bioetanol, y en 2026 se debe alcanzar el 12 %.

Los operadores al por mayor de productos petrolíferos deben incorporar estos biocarburantes en el mercado de un modo proporcional a sus ventas o abonar una compensación económica.

En la orden se refuerza y flexibiliza el Sistema de Certificación de Biocarburantes y la Plataforma Sicbios, empleada para supervisar el cumplimiento del objetivo de combustibles renovables en transporte por los agentes o sujetos obligados y se establecen seis categorías de certificados en función de su origen, desde combustibles renovables de origen no biológico (Rfnbo) a materias lignocelulósicas no alimentarias.

También se habilita el traspaso de los certificados excedentarios sobre la obligación de cada agente, de modo que pueda aprovecharlos otro agente o el mismo agente al año siguiente.

Asimismo, se introducen certificaciones provisionales trimestrales y pagos de compensación anticipados, que se incrementan en función del grado de incumplimiento de los agentes a la hora de cumplir los objetivos.

Incumplimientos que pueden llevar a la inhabilitación

Con un déficit de certificados superior al 75 % de la obligación, el pago compensatorio es el vigente, de 1.623 euros por certificado deficitario; con un déficit del 60 % al 75 %, el pago se incrementa un 10 %; y si no se alcanza el 60 %, el pago aumenta un 25 % y además se podrá inhabilitar al incumplidor.

A finales del año pasado, el Ministerio señalaba en el real decreto ley de medidas para afrontar las consecuencia económicas y sociales de los conflictos de Ucrania y Oriente Próximo que era necesaria una revisión de algunos artículos de la Ley del Sector de Hidrocarburos al detectarse "crecientes prácticas fraudulentas".

Entre ellas, citaba el incumplimiento de las obligaciones sectoriales respecto al Sistema de Información para la Certificación de los Biocarburantes (Sicbios).

El déficit en los pagos compensatorios que tienen que abonar operadores por el incumplimiento de la obligación de alcanzar un porcentaje de biocarburantes para transporte en la gasolina y el diésel ascendió a 581,05 millones de euros en 2023.

También la Asociación de Operadores de Productos Petrolíferos (AOP) ha denunciado el fraude de los que no incorporan el objetivo obligatorio de biocarburantes, lo que les coloca en una ventaja competitiva al ahorrarse el sobrecoste de su incorporación, al ser más caros los biocarburantes que los combustibles fósiles.

Por otro lado, la orden potencia las energías renovables en el transporte en detrimento de los combustibles fósiles, aunque no modifica la senda de penetración, y traspone varias disposiciones europeas con anticipación a los horizontes de aplicación previstos en ellas.

El biogás y el hidrógeno computarán para los objetivos

El biogás, el hidrógeno y los combustibles renovables de origen no biológico podrán computar para el cálculo de los objetivos, junto con el biodiesel y el bioetanol.

Para fomentar la producción y el consumo de biogás, hidrógeno y combustibles renovables de origen no biológico cada unidad energética puesta en el mercado se valorará el doble que la de biodiesel y bioetanol.

A partir de 2024, se incluyen en el cálculo de los objetivos europeos los sectores de la aviación y la navegación, junto con el transporte por carretera.

Cada unidad energética consumida en el aire o en el mar tendrá un multiplicador de 1,2 sobre la consumida en tierra, incentivando la producción de combustibles renovables en sectores de difícil electrificación.

Estas medidas refuerzan la seguridad jurídica y potencian los proyectos en curso en España en producción de combustibles de aviación (SAF, por sus siglas en inglés), donde se prevé una capacidad de 1,6 millones de toneladas para 2030 o de e-metanol para buques.

La orden elimina la posibilidad de cumplir los objetivos de renovables en transporte mediante el consumo de biocombustibles obtenidos a partir de materias primas con alto riesgo de cambio de uso de la tierra (ILUC, por sus siglas en inglés) a partir de 2025.

Por otro lado, en la orden publicada en el BOE se modifica el sistema de Garantías de Origen de los gases renovables para incorporar criterios de sostenibilidad y reducción de emisiones de CO2, así como los requisitos para contabilizar como renovable la electricidad empleada para obtener Rfnbo.

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