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TJUE: Acería en Italia deberá cerrar si presenta riesgos graves para salud y medioambiente

Publicado 25.06.2024, 10:47
© Reuters.  TJUE: Acería en Italia deberá cerrar si presenta riesgos graves para salud y medioambiente

Bruselas, 25 jun (.).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) censuró hoy los procedimientos para mantener abierta la acería italiana de Ilva y concluyó que, si se demuestra que presenta riesgos graves e importantes para la salud humana y el medioambiente, la siderúrgica tendrá que cerrar.

"En caso de riesgos graves e importantes para la integridad del medio ambiente y de la salud humana, el plazo para aplicar las medidas de protección previstas en el permiso de explotación no podrá prolongarse de forma reiterada y deberá suspenderse la explotación de la instalación", indicó el TJUE en un comunicado.

Es la respuesta de la máxima instancia administrativa de la UE ante una pregunta planteada por el Tribunal de Milán, que analiza el caso de esa acería localizada en Tarento, en el sur de Italia, y que será el que deba tomar la decisión pertinente sobre la acería.

El caso se refiere a esa acería que abrió en 1965 con unos 11.000 empleados y una superficie de 1.500 hectáreas, lo que la convierte en una de las mayores siderúrgicas de Europa.

En 2019, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró que la acería tenía importantes efectos adversos sobre el medio ambiente y la salud de los habitantes de las zonas próximas y, pese a que desde 2012 hay medidas previstas para reducir su impacto, los plazos de aplicación se han retrasado en reiteradas ocasiones.

Numerosos habitantes de la zona reclamaron ante el Tribunal de Milán que prohibiera la continuidad de la instalación, alegando que sus emisiones perjudican su salud y que la instalación no se ajusta a las exigencias de la Directiva sobre las emisiones industriales y la corte italiana preguntó a la justicia comunitaria sobre la interpretación de esa normativa.

En su respuesta, el TJUE recuerda, primero, que el vínculo entre la protección del medio ambiente y la de la salud humana, que constituyen objetivos clave del Derecho de la Unión, garantizados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y precisa que la Directiva de emisiones industriales contribuye a salvaguardar esos objetivos.

La corte con sede en Luxemburgo subraya que, pese a que el Gobierno italiano y la acería argumentan que la Directiva no hace referencia a la evaluación de los perjuicios para la salud, la justicia comunitaria entiende que sí lo hace.

"Por lo tanto, la evaluación previa del impacto de la actividad de una instalación como la acería Ileva en el sur de Italia debe formar parte integrante de los procedimientos de expedición y revisión del permiso de explotación previstos en dicha Directiva", indicó el TJUE.

En ese procedimiento de revisión, agrega la corte comunitaria, deben tenerse en cuenta "las sustancias contaminantes relacionadas con la actividad de la instalación, aunque no hayan sido evaluadas en el procedimiento de autorización inicial" y "en caso de riesgos graves e importantes para la integridad del medio ambiente y de la salud humana, debe suspenderse la explotación de la instalación".

Esos aspectos no se tuvieron en cuenta en la evaluación previa del impacto de la actividad de la acería, señala el TJUE, que añade que el operador también debe evaluar "esas repercusiones a lo largo de todo el período de explotación de su instalación".

También disiente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de las normas especiales aplicables a la acería que permitieron expedirle un permiso medioambiental y revisarlo sin tener en cuenta determinados contaminantes o su efecto nocivo sobre la población circundante.

"El operador de una instalación debe proporcionar información sobre la naturaleza, la cantidad y el efecto adverso potencial de las emisiones que pueda producir su instalación" salvo para las sustancias que se considere que tienen un "un efecto insignificante sobre la salud humana y el medio ambiente" pueden no estar sujetas al respeto de valores límite de emisión en el permiso de explotación.

El TJUE subraya que, contrariamente a lo que alegan Ilva y el Gobierno italiano, el procedimiento de revisión "no puede limitarse a fijar valores límite para las sustancias contaminantes cuya emisión era previsible", indicó el servicio de prensa del tribunal.

Además, deben tenerse en cuenta las "emisiones efectivamente generadas por la instalación durante su explotación que se refieran a otras sustancias contaminantes".

En caso de infracción de las condiciones del permiso de explotación, el operador "deberá tomar de inmediato las medidas necesarias para que la instalación vuelva a cumplir dichas condiciones en el plazo más breve posible", indica el TJUE.

Y en caso de riesgos graves e importantes para la integridad del medio ambiente y de la salud humana, el plazo para aplicar las medidas de protección previstas en el permiso de explotación "no podrá prolongarse de forma reiterada y deberá suspenderse la explotación de la instalación", concluye el TJUE.

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