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El CES ve incoherente e imprecisa la norma que suprime el despido automático por invalidez

Publicado 01.07.2024, 13:01
© Reuters.  El CES ve incoherente e imprecisa la norma que suprime el despido automático por invalidez

Madrid, 1 jul (.).- El Consejo Económico y Social (CES) ha detectado incoherencias jurídicas y falta de precisión en el anteproyecto de ley del Ministerio de Trabajo que suprime el despido automático en caso de gran invalidez o incapacidad permanente de la persona trabajadora.

Sobre el procedimiento previo de consultas, el CES enfatiza que el texto del anteproyecto no ha sido informado ni a organizaciones sindicales ni empresariales para su consideración, a pesar de que la memoria de impacto normativo que acompaña al anteproyecto asegura que se ha recabado directamente su opinión.

En su dictamen difundido este lunes, el organismo consultivo dice que no comparte la regulación contenida en el anteproyecto porque plantea "delicadas cuestiones que demandan una labor compleja, y no fácil, de ajuste de los textos normativos vigentes que son de aplicación".

A modo de ejemplo, explica que el anteproyecto configura la adaptación del puesto de trabajo como un derecho que tiene que solicitar la persona trabajadora y que además se sujeta a un plazo, mientras que en la Ley general de derechos de las personas con discapacidad se contempla como una obligación automática de la empresa.

"Ello, en la práctica, podría dar lugar a situaciones de incertidumbre e inseguridad para las personas trabajadoras y las empresas a la hora de ejercitar este derecho", añade el CES, que incide en la necesidad de una "aproximación integral que garantice un marco jurídico coherente y completo del régimen de la incapacidad permanente".

Asegura que el anteproyecto de ley recoge, de alguna manera, esta preocupación cuando establece el mandato al Gobierno de presentar, en seis meses y en el marco del diálogo social, una propuesta de modificación normativa en materia de Seguridad Social sobre incapacidad permanente y compatibilidad con el trabajo.

Entre los aspectos necesitados de concreción y mejora destaca la referencia a la "adaptación razonable, necesaria y adecuada" en el puesto de trabajo que le permita continuar desempeñándolo, que puede solicitar la persona trabajadora.

A juicio del CES, resulta necesario explicitar en el anteproyecto de ley que la definición del alcance y características de la adaptación necesaria deben llevarse a efecto mediante la intervención de los servicios de prevención, de acuerdo con la legislación en materia preventiva, al igual que las referencias al concepto de "carga excesiva" y si esta puede ser paliada "en grado suficiente".

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