Barcelona, 2 mar. (.).- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado homologar el acuerdo alcanzado el pasado diciembre por UGT, CSIF y USOC con Acciona (MC:ANA) Facility Services sobre las indemnizaciones que debía recibir la plantilla empleada en la fábrica de Nissan (T:7201) en la Zona Franca de Barcelona.
El TSJC ha acordado "denegar la homologación del acuerdo transaccional" entre esos sindicatos y Acciona, que preveía elevar las indemnizaciones por despido hasta los 50 días por año trabajado y sin topes por antigüedad, todo ello con la intención de poner fin a la vía judicial, según el auto judicial difundido este martes por el Colectivo Ronda, que representa a parte de los afectados.
Ese acuerdo se cerró una vez concluida la negociación del ERE y sin acuerdo de todos los sindicatos, por lo que el tribunal alega que, al haberse impugnado el despido colectivo por parte de otras secciones sindicales, "no puede aprobarse el acuerdo transaccional presentado al no haberse suscrito por todas la partes intervinientes en el mismo".
De esta manera, se refiere a CCOO y a CGT, representadas en el comité de empresa y que presentaron alegaciones contra la homologación.
Así lo subraya el auto dado a conocer esta tarde por el colectivo, que asesoró tanto a CSIF como a USOC en este conflicto laboral.
En conclusión, el TSJC fija para el próximo 18 de marzo el juicio que debe resolver las demandas presentadas por diferentes secciones sindicales del comité de Acciona en Nissan contra el despido colectivo ejecutado por Acciona.
La resolución del TSJC complica aún más este conflicto laboral derivado del cierre de la planta de Nissan en la Zona Franca, ya que ese personal de Acciona prestaba funciones principalmente de logística en esa planta hasta que se rompió el contrato de servicios entre ambas partes.
Según el Colectivo Ronda, que representa a parte de la plantilla, un total de 440 de las 500 personas de esa compañía que estaban empleadas en la fábrica de Nissan en la Zona Franca se adhirieron al preacuerdo para poner fin a la vía judicial.
Cuando se rompió el contrato de servicios que mantenían Acciona y Nissan en la planta de la Zona Franca, la primera compañía decidió presentar un ERE y, al cerrarse la negociación sin acuerdo, la compañía empezó a ejecutar despidos el pasado 2 de octubre con la mínima indemnización legal prevista, mientras que CCOO, UGT y CGT presentaron una denuncia ante el TSJC pidiendo la nulidad del ERE, y el Colectivo Ronda lideró otra impugnación del despido colectivo.
El preacuerdo alcanzado el pasado diciembre trataba de hallar una solución al conflicto al margen de la vía judicial, pero finalmente no ha sido posible.
Fuentes de CCOO ya explicaron entonces a Efe que la demanda judicial presentada seguía su curso, por lo que expresaron su incertidumbre acerca de las consecuencias legales de este pacto, que no era fruto de una negociación colectiva, sino de la suma de adhesiones individuales después de cerrarse sin acuerdo el ERE.
Siempre según el Colectivo Ronda, Acciona condicionaba la aplicabilidad del pacto a obtener el aval de al menos un 80 % de la plantilla, algo que cree que se había logrado, al obtener el 85 %, pero el TSJC no ha validado el acuerdo al considerar que lesionaría los derechos de las secciones sindicales de CCOO y CGT.