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La Sociedad podrá invertir hasta un 10% de su patrimonio en IIC financieras que sean activo apto, armonizadas o no, pertenecientes o no al grupo de la Gestora. La Sociedad invertirá, ya sea de manera directa o indirecta a través de IIC, en activos de renta variable permitidos por la normativa vigente. Al menos un 75% de la exposición total se invertirá en renta variable de cualquier capitalización (se podrá invertir en valores de alta, mediana y baja capitalización bursátil), sector y país, principalmente, aunque no de forma exclusiva, de emisores/mercados de la OCDE, pudiendo estar la práctica totalidad de su exposición en renta variable. No existe objetivo predeterminado ni límites máximos en lo que se refiere a la distribución de activos por tipo de emisor, ni por capitalización bursátil, ni por divisa, ni por sector económico, ni por países. Se podrá invertir en renta variable de compañías de países emergentes.
Nombre | Título | Desde | Hasta |
---|---|---|---|
Not Disclosed | - | 1999 | Ahora |
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