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Justicia de UE confirma sanciones a petroleras rusas por la crisis de Ucrania

Publicado 17.09.2020, 11:42
© Reuters.  Justicia de UE confirma sanciones a petroleras rusas por la crisis de Ucrania
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Bruselas, 17 sep (.).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirmó este jueves la sentencia del Tribunal General por la que se desestimó un recurso contra las sanciones impuestas a petroleras rusas del grupo Rosneft (MCX:ROSN) en el contexto de la crisis separatista en el este de Ucrania.

El TJUE falló hoy que estas medidas restrictivas estaban debidamente motivadas y son adecuadas para presionar a Rusia por su papel en dicha crisis.

El Consejo de la UE aprobó desde julio de 2014 sanciones contra el sector petrolero de Rusia como respuesta a las acciones de ese país para desestabilizar la situación en Ucrania.

Las medidas consisten en prohibiciones de exportación de determinados productos y tecnologías sensibles destinados a ese sector, así como la restricción al acceso al mercado de capitales de la Unión a determinados actores.

La finalidad de esas medidas es aumentar el coste de las acciones emprendidas por Rusia contra la soberanía de Ucrania y promover una solución pacífica de la crisis.

Varias sociedades rusas pertenecientes al grupo Rosneft, especializado en el sector del petróleo y del gas, interpusieron ante el Tribunal General de la Unión Europea un recurso para solicitar la anulación de las sanciones, que esa primera instancia de la Justicia comunitaria desestimó en septiembre de 2018, por lo que las empresas recurrieron.

Hoy, el Tribunal de Justicia desestimó el recurso de casación de esas sociedades en su totalidad.

Confirmó que las prohibiciones de exportación controvertidas constituyen medidas de alcance general, aun cuando, debido a las particularidades del sector de que se trata, el número de actores que efectivamente forman parte de este puede ser bastante limitado.

Así, estimó que, para motivar esas medidas, el Consejo podía limitarse a exponer, por una parte, la situación de conjunto que dio lugar a su adopción y, por otra parte, los objetivos generales que las citadas medidas pretendían alcanzar y que no estaba obligado a motivarlas de manera específica y concreta.

En cuanto a la motivación de las restricciones individuales para acceder al mercado de capitales europeo impuestas a las empresas en cuestión, las corte recordó que Rosneft es un importante actor del sector petrolero ruso, cuyas acciones están en su mayoría en manos del Estado ruso.

Además, precisó que las referidas sociedades no niegan cumplir los criterios establecidos por el Consejo para la aplicación de esas medidas específicas.

Por ello, confirmó la apreciación del Tribunal General en cuanto a que las empresas sancionadas no podían ignorar los motivos por los que se les impusieron las restricciones.

Por otra parte el tribunal, con sede en Luxemburgo, señaló que tanto las prohibiciones de exportación como las restricciones al acceso al mercado de capitales de la Unión contribuyen claramente a alcanzar el objetivo perseguido por el Consejo, por lo que apreció que el Tribunal General no incurrió en error al estimar que las sanciones no eran manifiestamente inadecuadas.

(Más información de la Unión Europea en euroefe.euractiv.es)

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