México, 23 jun (EFE).- La Comisión Federal de Competencia (CFC),
el órgano antimonopolios de México, confirmó hoy la multa de más de
150 millones de pesos (unos 11,6 millones de dólares) a seis
empresas farmacéuticas por subir de manera concertada los precios de
medicamentos que vendían al Instituto Mexicano del Seguro Social.
Las compañías sancionadas habían interpuesto un recurso de
revisión de la multa, impuesta el pasado 23 de febrero, pero el
pleno de la CFC corroboró hoy su decisión por mayoría de cuatro
votos a favor y uno en contra.
"Con esta resolución, se agotan las instancias de revisión ante
la CFC y el caso queda firme en sede administrativa", explicó el
organismo en un comunicado.
De acuerdo con el regulador antimonopolios, las empresas
realizaban prácticas de monopolio durante las licitaciones públicas
convocadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con
el efecto de eliminar las competencia entre ellas y obligar al IMSS
a pagar precios artificialmente altos por los medicamentos.
Los laboratorios Eli Lilly y Compañía-México, Laboratorios
Cryopharma, Probiomed y Laboratorios Pisa habían conspirado de 2003
a 2006 para eliminar la competencia en las licitaciones de insulina
humana, esencial para el tratamiento de la diabetes.
Por su parte, los Laboratorios Pisa, Fresenius Kabi México y
Baxter se coordinaban para presentar posturas en las licitaciones de
sueros inyectables (agua inyectable, cloruro de sodio, glucosa y
solución Hartmann) de 2003 a 2006.
El organismo gubernamental impuso una multa de 21,5 millones de
pesos (1,7 millones de dólares) a cada una de estas firmas, que
supuso el máximo establecido en la Ley Federal de Competencia
Económica previa a las reformas de 2006, que resultó aplicable en
este caso.
Además, la autoridad de competencia mexicana sancionó a las
personas que participaron directamente en las licitaciones que
afectaron al IMSS "por cuenta y orden de sus empleadores", por unos
21 millones de pesos (1,6 millones de dólares).
El argumento que esgrimieron las compañías en su recurso de
revisión "era que el comportamiento sancionado no se debía a una
coordinación ilegal entre las empresas, sino que correspondía a
acciones unilaterales basadas en previsiones sobre el comportamiento
de los competidores", explicó la CFC.
Sin embargo, la institución concluyó que el patrón de posturas
observado en las licitaciones revela que "la empresa ganadora
incrementaba el precio en licitaciones posteriores para dar paso a
otro ganador (que a su vez ofrecía una cotización similar a la
ofrecida por el ganador de la licitación anterior), lo cual sólo es
explicable si hay colusión entre competidores". EFE