Bruselas, 16 feb (.).- Los Estados miembros de la Unión Europea (UE) no lograron este viernes aprobar el nuevo acuerdo sobre la directiva de empleo en plataformas como Uber (NYSE:UBER) que el Parlamento Europeo y la presidencia belga del Consejo de la UE, en representación de los países, habían alcanzado este mismo mes, después de que los Estados ya rechazaran en diciembre una primera versión de la ley.
En una reunión de embajadores de los Estados miembros ante el club comunitario celebrada hoy, no se logró el apoyo necesario para que la ley saliera adelante.
"El texto de compromiso final sobre la directiva de trabajo en plataformas se presentó para su aprobación por parte de los embajadores", publicó la presidencia belga del Consejo de la UE en su perfil de 'X', donde lamentó que "desafortunadamente" no se consiguió la mayoría cualificada necesaria para que la ley quedara aprobada.
La presidencia belga añadió que tras el rechazo de los países considerará "los próximos pasos".
Fuentes comunitarias indicaron a EFE que Alemania, Grecia y Estonia se abstuvieron este viernes, mientras que Francia votó en contra.
La presidencia española del Consejo de la UE y representantes del Parlamento Europeo, ya lograron un primer acuerdo sobre la directiva de plataformas en diciembre, pero ese pacto provisional tenía que ser confirmado por los Estados miembros y por la Eurocámara, los colegisladores del club comunitario.
Sin embargo, en una reunión de los embajadores de los Veintisiete a finales de diciembre la presidencia española constató que el expediente no contaba con la mayoría necesaria para salir adelante.
En consecuencia, la presidencia belga del Consejo que sucedió en enero a la española y el Parlamento Europeo volvieron a negociar la directiva y lograron un segundo acuerdo este febrero.
Los dos colegisladores de la UE acordaron este mes que se determinara a nivel nacional, en cada Estado miembro, si los empleados de plataformas lo son por cuenta ajena o por cuenta propia.
De este modo, este segundo acuerdo eliminaba de la ley la lista única de criterios que habría servido a las plataformas en toda la UE para aclarar si los empleados eran o no autónomos.
El primer acuerdo provisional entre los colegisladores fijaba una lista de cinco criterios y, si se cumplían al menos dos de ellos, se consideraba que el trabajador lo era por cuenta ajena y no un autónomo.
"La directiva obliga a los países de la UE a establecer una presunción legal refutable de empleo a nivel nacional, con el objetivo de corregir el desequilibrio de poder entre la plataforma y la persona que realiza el trabajo en la plataforma", señaló el Parlamento en un comunicado a principios de este mes sobre el segundo acuerdo provisional.
Ese nuevo pacto también necesitaba ser confirmado por la Eurocámara y los países, pero los embajadores de los Veintisiete no lograron este viernes la mayoría cualificada necesaria.
España sí votó hoy a favor del texto, aunque en una declaración lamentó la falta de ambición de la ley.
"La delegación española quiere manifestar que existen disposiciones en el texto acordado que no responden plenamente a lo que entendemos debería haber sido el contenido de esta directiva", afirmó España en el escrito.
Añadió que el texto establecía "una presunción de laboralidad, que es el elemento central de la directiva, débil y poco ambiciosa, lo que es contrario a lo que la delegación española ha defendido siempre desde el inicio de las negociaciones sobre esta propuesta de directiva hace ya más de dos años".
Para España, el primer acuerdo provisional alcanzado en diciembre era "más respetuoso de los derechos de las personas trabajadoras y más útil para garantizar su correcta clasificación laboral".