Madrid, 29 nov (.).- El Tribunal Supremo ha dado la razón a Técnicas Reunidas (BME:TRE) en un contencioso sobre las liquidaciones del Impuesto de Sociedades de los ejercicios 2008 a 2011, que ascendían a un total de 117,23 millones de euros, más intereses de demora.
En un hecho relevante a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Técnicas explica que el Supremo no ha admitido los recursos de casación de la Abogacía del Estado contra las sentencias de la Audiencia Nacional favorables a la compañía sobre las liquidaciones por el Impuesto sobre Sociedades de esos años.
La ingeniería añade que en esas liquidaciones se regularizó la aplicación de la exención del artículo 50.1 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades respecto del resultado de once uniones temporales de empresas (UTE) a través de las que Técnicas Reunidas operaba en el extranjero.
Según la compañía, el pasado 24 de noviembre el Tribunal Supremo le notificó dos providencias de inadmisión en relación con estas liquidaciones.
Una de ellas es la dictada en el procedimiento seguido contra Técnicas Reunidas en su calidad de entidad dominante del grupo de consolidación fiscal, que es a quien se le liquidaba la deuda en su totalidad. La otra corresponde al procedimiento seguido con una de las UTE regularizadas.
Técnicas Reunidas ha dicho que está a la espera de que se notifiquen las providencias de inadmisión correspondientes a las diez UTE restantes.
Asimismo, la compañía explica que estas resoluciones no tienen impacto en la cuenta de resultados del grupo.