Bruselas, 6 dic (.).- El mecanismo para controlar las inversiones extranjeras que pueden plantear un riesgo para la seguridad y orden público en la Unión Europea tiene lagunas minan su eficacia, como la diferencia de enfoques entre los Estados miembros o que las recomendaciones de la Comisión Europea no sean vinculantes, advirtió este miércoles el Tribunal de Cuentas europeo.
"Siguen existiendo limitaciones significativas en toda la UE que reducen la eficacia y la eficiencia del marco para identificar, evaluar y mitigar los riesgos de seguridad y orden público", concluye el Tribunal en su auditoría sobre el sistema puesto en marcha para vigilar que las inversiones de terceros países no supongan un peligro estratégico para los Veintisiete.
Desde octubre de 2020, la UE cuenta con regulación que pide a los Estados miembros poner en marcha sistemas de control de las inversiones extranjeras (21 ya los tienen en marcha, incluida España) e informar al resto de socios y la Comisión Europea cuando alguna pueda suponer un riesgo de seguridad u orden público en varios países, en cuyo caso el Ejecutivo comunitario tiene que pronunciarse sobre la misma.
El Tribunal de Cuentas, que ha auditado la eficacia de este sistema utilizando una muestra de casos de su primer año de funcionamiento, destaca que seis países aún no cuentan con un mecanismo de control y los que existen tienen "diferencias significativas" en su alcance y en cuestiones fundamentales, como la definición de qué sectores son críticos o el concepto de "impacto probable" sobre la seguridad o el orden público.
Dado que el reglamento europeo no armoniza las reglas, "no se aplican sistemáticamente normas comparables a situaciones comparables", en particular en el tratamiento del comercio dentro de la propia UE de entidades que sean propiedad o estén bajo el control de una entidad extranjera, o de las inversiones de cartera.
Además, cada Estado puede determinar el alcance de la seguridad o el orden público y no están obligados a informar a la Comisión del resultado de sus decisiones sobre las inversiones que han sometido a control aún cuando esta u otros países hayan expresado preocupación por las mismas.
Subrayan que las recomendaciones de la Comisión Europea, en aquellos casos en los que se pronuncia, no son vinculantes para los Estados, por lo que ni ella ni otros países pueden prohibir o imponer condiciones a una transacción aun cuando estén en juego los intereses de la UE.
Todo ello, consideran los auditores, dificulta que el Ejecutivo comunitario supervise como se aplican las normas y garantice que no se discrimina a ciertos inversores ni se restringe indebidamente la libre circulación de capitales o el derecho de establecimiento.
Los auditores señalan que varios países solo notificaron transacciones que podían afectar a su propio orden público o seguridad, "privando" así a los demás países y la Comisión de la posibilidad de evaluar el posible impacto para ellos o la UE. Entre 2020 y 2022 los países notificaron 886 casos controlados, pero el número de notificaciones no es proporcional a la inversión directa recibida.
Así, seis países (Francia, Italia, España, Austria, Dinamarca y Alemania, por este orden) notificaron el 92 % de los casos, mientras que doce Estados no notificaron ningún control pese a que recibieron inversión, en el caso de Luxemburgo, por ejemplo, más del 20 % del total de la UE.
En este contexto, el Tribunal de Cuentas pide armonizar criterios, plazos y procesos en los mecanismos de control de los Estados, así como mejorar la cooperación y las evaluaciones que hace la Comisión Europea para justificar mejor las medidas de mitigación relativas a casos de alto riesgo.