Bruselas, 29 oct (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión
Europea (UE) recordó hoy a los estados en una sentencia su
obligación de garantizar los derechos laborales de las trabajadoras
embarazadas a la hora de acudir a los tribunales en caso de despido.
La sentencia se refiere al caso de una trabajadora que fue
despedida por la empresa luxemburguesa T-Comalux en enero de 2007,
como consecuencia de "falta grave" tras ausentarse de su trabajo
"durante más de tres días".
Al día siguiente, la mujer comunicó a la empresa que estaba
embarazada, por lo que su despido era nulo, ya que las normas
comunitarias prohíben despedir a una trabajadora durante el periodo
de embarazo y las doce semanas posteriores al parto.
Ante la falta de respuesta de la dirección de la compañía, la
trabajadora acudió en abril de 2007 a los tribunales de trabajo
luxemburgueses.
Sin embargo, la legislación del país establece un plazo de quince
día a partir de la finalización del contrato para que la trabajadora
pueda presentar ante los tribunales una demanda tendente a declarar
el despido como nulo y a que se declare su readmisión en la
compañía.
El tribunal nacional pidió a los jueces europeos su opinión sobre
el plazo para recurrir el despido que establece la ley
luxemburguesa, donde, además, se incluye la posibilidad de
interponer demandas por nulidad pero se obvian otras posibilidades
judiciales a las que pueden recurrir otros trabajadores despedidos,
como la petición de indemnizaciones al empresario.
El Tribunal de la UE reconoció hoy que los estados pueden fijar
un periodo de tiempo determinado para emprender las acciones
judiciales, pero puntualizó que dichos plazos no deben hacer
imposible o difícil el ejercicio de los derechos reconocido por la
UE.
Así, considera que el plazo de quince días es especialmente corto
para asesorarse eficazmente y, agregó, que además podrían
transcurrir varios días contabilizados dentro de los 15 días hasta
que la mujer embarazada reciba la carta de su despido.
También criticó que el único recurso al que puedan recurrir las
embarazadas sea el de nulidad del despido, lo que les excluye de
otros recursos judiciales, como la solicitud del pago de
indemnizaciones, a las que tienen derecho todos los trabajadores
cuando se les relega de sus funciones. EFE