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Adicae cree que Supremo hará idículo en Europa con demanda de claúsulas suelo

Publicado 04.07.2022, 19:35
© Reuters.  Adicae cree que Supremo hará idículo en Europa con demanda de claúsulas suelo

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Madrid, 4 jul (.).- La asociación de consumidores financieros Adicae ha considerado este lunes "vergonzoso" que el Tribunal Supremo haya elevado al Tribunal Superior de Justicia Europeo (TSJUE) una cuestión prejudicial sobre la demanda colectiva de la asociación contra la banca por las cláusulas suelo de las hipotecas.

En rueda de prensa telemática, el presidente de Adicae, Manuel PArdos, ha dicho que el Supremo "hará el ridículo en Europa" con la citada cuestión prejudicial, que no tiene base legal, es "sesgada" y constituye "un ataque" a la acción colectiva.

Asimismo, los representantes de los servicios jurídicos de Adicae han asegurado que esperan que el TJUE europeo emita un auto que deje claro que las cuestiones a las que se refiere el Supremo "ya están resueltas".

La asociación se personará en el TJUE para destacar los argumentos, ya trasladados al Supremo y respaldados por la Fiscalía, en contra de la necesidad de que la UE se pronuncie sobre aspectos ya reiteradamente aclarados.

Una parte de las preguntas que formula (el Supremo) son sesgadas, pese a que ya tienen respuesta reiterada y consolidada, y buscan encontrar la respuesta deseada por el propio tribunal (la imposibilidad de dotar de eficacia a la acción colectiva), algo impropio de un órgano como el Supremo, .han señalado.

Por otro lado, y contrariamente a lo que requiere el planteamiento de cuestiones prejudiciales, el Supremo no solo no reseña su propia jurisprudencia al respecto de las cuestiones que suscita, sino que la omite con el claro ánimo de encontrar una "falsa" justificación externa a modificar lo ya sentenciado hasta la saciedad, añaden.

Por último, el alto tribunal omite (sólo puede entenderse que de forma deliberada) las previsiones de la legislación europea ya en vigor (la directiva de acciones de representación), frente a la que las propias preguntas del TS suponen un ataque directo, puntualizan.

La macrodemanda de Adicae tiene el objetivo de que los clientes afectados por las cláusulas suelo de las hipotecas puedan recuperar las cantidades indebidamente cobradas desde la firma del contrato y no solo desde que fueron declaradas nulas.

El alto tribunal fijó el 9 de mayo de 2013 como fecha límite para reclamar esas cantidades, sin efectos retroactivos e independientemente de la fecha en la que se firmó la hipoteca.

Sin embargo, otros órganos judiciales han emitido sentencias favorables a que la devolución se ejecute desde la fecha de la firma del contrato, como defiende Adicae.

La jurisprudencia del TJUE estableció en un primer fallo que las cláusulas hipotecarias consideradas abusivas deben declararse nulas, con lo que el consumidor tiene derecho a que se le devuelvan las cantidades percibidas indebidamente por el banco desde que la Justicia declara la nulidad, pero no antes.

Posteriormente, en respuesta a una cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de Zaragoza, decidió que los consumidores pueden solicitar en los tribunales reparación por las cláusulas abusivas de una hipoteca aun cuando esta haya sido ya ejecutada y el bien vendido, pero solo en un procedimiento judicial posterior y distinto.

Ahora, en un auto fechado el pasado 29 de junio al que ha tenido acceso Efe, el Supremo pregunta al TJUE si la directiva europea aplicable ampara "el enjuiciamiento abstracto, a efectos del control de transparencia en el marco de una acción colectiva, de cláusulas utilizadas por más de un centenar de entidades financieras en millones de contratos bancarios, sin tener en cuenta el nivel de información precontractual ofrecido".

También, si cabe hacer un control "abstracto" de transparencia desde la perspectiva del consumidor medio cuando varias de las ofertas de contratos están dirigidas a diferentes grupos específicos de consumidores", entre otras cosas.

ala-

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