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Principales aspectos de la reforma de la gobernanza económica

Publicado 04.10.2011, 13:28
Actualizado 04.10.2011, 14:28

Luxemburgo, 4 oct (EFE).- La UE aprobó hoy de manera oficial un conjunto de medidas, conocido como "six pack", -cinco reglamentos (de aplicación inmediata) y una directiva (ley-marco)-, para reforzar la gobernanza económica, en especial en dos sentidos:



1) Corrección de niveles crecientes de déficit y deuda:



- Fase preventiva



(Para países que no tienen abierto un procedimiento por déficit excesivo)



. La CE podrá enviar un aviso al país cuyo gasto crezca más rápido que su PIB (si supera una desviación del 0,5 % del PIB en un año o del 0,25 % durante dos años consecutivos) y si la situación no cambia, una recomendación -que tendrá que ser aprobada por mayoría cualificada- para pedirle que tome medidas dentro de un plazo específico.



. Si el Estado afectado no reacciona a tiempo y de forma adecuada, se emitirá una primera recomendación para solicitar una decisión del Consejo sobre la falta de acción efectiva (que también tendrá que ser aprobada por mayoría cualificada).



. Si el Consejo no se pronuncia (lo que solía ocurrir hasta ahora), la CE podrá insistir pasado un mes y proponer una segunda recomendación para forzar el voto. Si quieren detener el proceso los Veintisiete tendrán que oponerse por mayoría simple inversa (la mitad más uno).



. Para miembros del euro, esta segunda recomendación podrá ir respaldada por la obligación de que el país cree un depósito generador de intereses, equivalente al 0,2 % del PIB, que le será devuelto si corrige su situación. (Decisión por mayoría cualificada inversa).



. También para miembros del euro existe la posibilidad de imponer una sanción adicional, de hasta el 0,2 % del PIB, si se detecta que un país ha manipulado sus datos estadísticos. (Decisión por mayoría cualificada).



. Las decisiones que afectan sólo a países de la zona del euro serán decididas por los 17 miembros de la divisa única, mientras que las demás se votan en los 27.



- Fase correctiva. "Procedimiento por déficit excesivo" (EDP, en

inglés)



(Para países que superan los límites de déficit y/o deuda del PEC, fijados en el 3 % del PIB y el 60 %, respectivamente).



. La CE podrá activar el procedimiento por niveles excesivos de déficit y también basándose sólo en criterios de deuda cuando un país no reduzca su exceso de deuda a un ritmo de una vigésima parte al año durante un trienio (Decisión por mayoría cualificada de los Veintisiete o de los miembros del euro si el país afectado comparte la divisa única).



. Para los países del euro podrán imponerse sanciones en forma de depósito sin intereses primero y de multa después si el Estado no corrige su desviación (en ambos casos del 0,2 % del PIB). (Decisión por mayoría cualificada inversa de los 17).



. Las decisiones de esta fase correctiva serán aprobadas a menos que se oponga una mayoría cualificada inversa del Consejo. Las sanciones a los países de la zona del euro serán votadas por sus 17 miembros.



- Entrada en vigor



. La parte preventiva entra en vigor de forma inmediata para los únicos cuatro países de la UE no expedientados por déficit excesivo -Luxemburgo, Estonia, Suecia y Finlandia-, si bien, la primera ocasión para aplicar las reglas en realidad no se producirá hasta la próxima primavera, cuando Bruselas evalúe el programa de estabilidad de la zona del euro y los programas de convergencia nacionales.



. La parte correctiva incluye un periodo de 3 años de transición para los criterios de deuda, pero las otras sanciones son de aplicación inmediata para los 23 países que ya superen los umbrales del PIB y no corrijan la situación (aunque no tendrán carácter retroactivo), así como para los que sean incluidos en el procedimiento a partir de ahora.



2) Corrección de desequilibrios macroeconómicos:



Se trata de un proceso similar al anterior con una fase preventiva para desequilibrios que aún no son problemáticos y otra correctiva -"Procedimiento por desequilibrio excesivo" - EIP, en inglés- para casos graves, que incluye sanciones para países del euro (primero un depósito con intereses, luego sin intereses y más adelante una multa, equivalentes al 0,1 % del PIB).

Las decisiones que puedan llevar a una sanción se adoptarán a menos que se oponga una mayoría cualificada inversa de los 17 miembros del euro.

Este proceso entrará en vigor en enero de 2012.

Los ingresos generados por los intereses de los depósitos y las multas se destinarán al Fondo Europeo de Estabilidad Financiera y, a partir de 2013, al Mecanismo Europeo de Estabilidad. EFE

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