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Audiencia Nacional pide se regule el despido colectivo en grupos de empresas

Publicado 01.03.2013, 16:41
Actualizado 01.03.2013, 17:00

Madrid, 1 mar (EFE).- La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha pedido que se regulen las consecuencias jurídicas de los despidos colectivos en los grupos de empresas, debido al "vacío legal" que ha detectado en la interposición de una demanda de nulidad presentada por los sindicatos ELA y LAB.

Según informa en una nota la Audiencia Nacional, los jueces consideran que, mientras que no se dé esa regulación, los despidos de empresas de carácter mercantil deben hacerse empresa por empresa, aunque afecte globalmente al grupo.

La Sala ha llegado a esa conclusión tras desestimar una demanda de impugnación de despido colectivo de ELA y LAB contra Cementos Portland Valderrivas, porque -denuncian- se promovió por el grupo de empresas en su conjunto y no empresa por empresa: Cementos Lemona, SA (donde ostentan mayoría); Cementos Portland Valderrivas, SA; Cementos Alfa, SA; Cementos Villaverde, SL; Canteras Villallano SA; C y Uniland Cementera, SA.

En el fallo, contra el que cabe recurso de casación, se destaca que las empresas constituyen un grupo a efectos laborales, en el que ostenta la mayoría del capital social Cementos Portland Valderrivas SA.

Además se constata que hay un director industrial que distribuye los pedidos en función de los intereses del grupo y que las empresas que lo conforman funcionan mediante el régimen de caja única.

Los sindicatos demandantes argumentan que el despido colectivo debió negociarse en cada empresa del grupo -al que ellos consideran mercantil y no laboral- con los representantes de los trabajadores de cada centro de trabajo.

Los jueces también desestiman que, como alegan ELA y LAB, no concurriesen causas productivas y organizativas para la reducción de plantilla y recuerdan que fueron asumidas por más del 77 % de los representantes de los trabajadores (por lo que los sindicatos nacionalistas vascos también demandan a CCOO, UGT, USO y CGT).

La Sala también avala que para acordar el expediente de regulación de empleo se constituyó una comisión negociadora, de la que ELA y LAB se "autoexcluyeron voluntariamente", y que el período de consultas se acomodó a la ley puesto que hubo una "negociación efectiva".

De acuerdo con la sentencia, los datos expuestos revelan claramente que el grupo de empresas demandado se encuentra en una situación "calamitosa".

Sus ventas entre 2007 y 2011 bajaron un 60 % por el "fuerte" descenso de la venta de cemento motivada por el "colapso" del sector de la construcción, se precisa.

También consideran que concurre causa organizativa, puesto que la reducción de la demanda obliga necesariamente a la adecuación de la plantilla. EFE

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