Bruselas, 13 sep (EFE).- La Comisión Europea (CE) defendió hoy la base jurídica utilizada en los últimos años en sus propuestas de regulación financiera y dijo no tener dudas sobre la "legalidad" de esas iniciativas.
El Ejecutivo comunitario respondió así al dictamen publicado el jueves por el abogado general del Tribunal de Justicia de la UE Niilo Jääskinen que consideró errónea la base jurídica utilizada para otorgar competencias extraordinarias a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) para regular o prohibir las ventas a corto en los Estados miembros.
El jurista dio así la razón parcialmente al Reino Unido, que llevó el asunto ante el Tribunal al considerar que el artículo 114 del tratado de la Unión no era la base legal adecuada.
"Hemos tomado nota de esta opinión del abogado general", señaló el portavoz de la CE Olivier Bailly, que subrayó que el Ejecutivo europeo esperará a la decisión final, "que puede no estar en la línea con la opinión del abogado", recordó.
Bailly señaló que la CE eligió basar sus propuestas en el artículo 114 del tratado -relativo al Mercado Interior- tras "un análisis jurídico a fondo" y al considerar que los productos financieros suponen un elemento esencial de la economía europea.
"Nunca ha habido dudas sobre la base jurídica", insistió el portavoz, que aseguró que la CE está convencida de la "legalidad" de todas las propuestas.
La opinión dada a conocer el jueves por el abogado general del Tribunal europeo se refiere específicamente a uno de los puntos aprobados en la estrategia comunitaria contra la crisis financiera, que pasaba por permitir a la ESMA regular o prohibir las ventas a corto en los países.
Estas operaciones consisten en la venta de acciones con la expectativa de que baje su valor para comprarlas luego a menor precio y embolsarse la diferencia.
Su carácter especulativo y la falta de transparencia que suele rodear a estas transacciones motivaron duras críticas y llevaron a algunos países como España a prohibirlas de manera unilateral, antes de que la UE en su conjunto decidiese actuar en 2012.
Los socios comunitarios aprobaron entonces, con la abstención del Reino Unido, un reglamento destinado a armonizar la respuesta europea contra la operaciones especulativas con deuda soberana.
En concreto, endurecieron las normas para la venta a descubierto (aquellas en las que el inversor no posee los activos en el momento de la venta), y prohibieron las transacciones a descubierto de los seguros de impago vinculados a la deuda soberana.
Estas competencias "excepcionales" de la ESMA quedaron reguladas en el artículo 28 del reglamento sobre la base del artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la UE, que permite la adopción de medidas de armonización cuando sean necesarias para el establecimiento y funcionamiento del mercado interior.
El Reino Unido, que no logró detener la aprobación del reglamento durante el proceso legislativo, interpuso un recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE en el que solicitaba su anulación y alegaba, entre otros motivos, que el artículo 114 no era la base legal adecuada. EFE