Bruselas, 25 ene (.).- La Comisión Europea abrió este jueves expediente a España y a otros veinte países de la Unión Europea (UE) por no haber incorporado en su legislación nacional las nuevas normas europeas sobre préstamos deteriorados, que introducen medidas de gracia y regulan su compraventa.
En concreto, el Ejecutivo comunitario ha dado a España un plazo de dos meses para que le comunique las medidas que tomará para introducir en el ordenamiento nacional las nuevas normas, ya que el plazo límite para hacerlo era el 29 de diciembre de 2023.
La Directiva sobre créditos fallidos, adoptada en 2021, establece las reglas para autorizar y supervisar la venta de este tipo de préstamos -que acumulan una mora superior a 90 días o se consideran irrecuperables- y para que estas operaciones puedan producirse entre un país y otro de la UE, creando así un mercado secundario para estos productos que se veía necesario para reducir su peso en los balances bancarios.
Las normas prevén ciertas salvaguardas para proteger a los consumidores en estos casos, como la garantía de que la transferencia del préstamo no altera las obligaciones del contrato original entre las partes y que los clientes pueden llevar ante la justicia al nuevo propietario del crédito del mismo modo que lo hubieran podido hacer con el acreedor original.
La directiva incorpora además "importantes medidas de gracia para proteger al consumidor", como la refinanciación del créditos, el aplazamiento del pago de la deuda, el cambio de los tipos de interés o su condonación parcial, así como ciertos requisitos para mejorar la transparencia en la relación con el acreedor, señaló la Comisión en un comunicado.
Si España no responde en el plazo de dos meses o la respuesta no satisface al Ejecutivo comunitario, este podría enviarle un dictamen motivado, el segundo paso en un procedimiento de infracción que en última instancia permite a Bruselas llevar a los países ante el los tribunales europeos por incumplir las normas.
Otros veinte países se encuentran en la misma situación por esta directiva: Austria, Bélgica, Bulgaria, República Checa, Chipre, Eslovenia, Eslovaquia, Estonia, Finlandia, Francia, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía.
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