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CNMV pide traspasar valores en custodia a terceros en caso de insolvencia

Publicado 23.11.2018, 13:31
© Reuters.  CNMV pide traspasar valores en custodia a terceros en caso de insolvencia

Madrid, 23 nov (.).- El presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Sebastián Albella, ha pedido hoy que la normativa española incorpore el deber de las entidades de cerrar acuerdos con terceros ajenos al grupo para traspasarles de forma ágil los valores financieros custodiados a requerimiento del supervisor en caso de crisis de solvencia.

En una jornada organizada por Expansión y Cecabank sobre el impacto de la digitalización y la regulación en las operaciones posteriores a la negociación (lo que se conoce como "post trading"), el presidente de la Comisión ha confiado en que esta garantía se incorpore en el Real Decreto de transposición de la Directiva MiFID II, actualmente en tramitación, en fase de estudio por el Consejo de Estado, y ha señalado que el sector de la gestión de activos ha estado sometido a un "tsnami y una marea regulatoria", que ya ha terminado.

Además, la CNMV ha lanzado unas serie de propuestas "pendientes de encontrar una ubicación adecuada" en relación con el régimen de traspaso de valores y de efectivo en caso de crisis de las entidades depositarias. La experiencia del Banco de Madrid -ha dicho- se resolvió de modo satisfactorio pero con un grado de incertidumbre que en el futuro se debería evitar con reformas legales que dejen clara la separación del efectivo.

Albella ha destacado la importancia de la actividad de depósito y custodia de los valores después de la negociación y la trascendencia desde el punto de vista en protección inversor, reconocida por la propia legislación, que determina que esta actividad solo puede ser realizada por entidades de crédito o empresas de servicios de inversión con licencia.

La CNMV nunca ha detectado debilidades significativas en la función de custodia de valores, lo cual es debido a la importancia que las entidades conceden a esta función y al propio sistema de supervisión, basado en el informe de activos que deben emitir los auditores.

El sistema es muy seguro en el ámbito de las instituciones de inversión colectiva, dado que cuando ha habido una crisis relevante de una entidad, nunca ha habido problemas con sus fondos, lo que, a su juicio, es atribuible a la función de los depositarios.

España fue pionera en el establecimiento de normas sobre depositarios y custodios y tiene una legislación muy completa en la materia, que arranca en 1992 con un sistema que, en esencia, es el mismo de las Directivas más recientes sobre gestión alternativa y sobre fondos transfronterizos (los llamados UCITs).

En este ámbito de la gestión alternativa y los UCITs, ha destacado la importancia de la selección y seguimiento de los custodios y de la separación estricta en aquellos casos en que la gestora y el depositario pertenezcan al mismo grupo.

En los últimos 7 años, ha señalado Albella, se han producido en el ámbito de la compensación y liquidación de valores y derivados mas trasformaciones que en cualquier otro segmento del mercado europeo pero es preciso incrementar la eficiencia y el servicio a los clientes en este ámbito.

Finalmente, ha indicado que el sector tienen ante sí el reto de la transformación digital y la disrupción que supone la incorporación de tecnologías como la de registro distribuido ( DLT por sus siglas en inglés), entre las que se cuenta la cadena de bloques ("blockchain").

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