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El Gobierno prevé elevar al 50 % la deducción fiscal por invertir en startups

Publicado 09.12.2021, 21:02
© Reuters.  El Gobierno prevé elevar al 50 % la deducción fiscal por invertir en startups

Madrid, 10 dic (.).- El Gobierno prevé elevar al 50 % la deducción fiscal para inversiones de hasta 100.000 euros anuales en empresas de nueva o reciente creación por un periodo de hasta siete años, independientemente de que se trate de un emprendedor o un fondo de inversión.

Esta es una de las medidas que se contempla en la Ley de "Startups" (empresas emergentes), es decir, la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, cuya remisión a las Cortes Generales se prevé aprobar este mismo viernes en Consejo de Ministros, han informado fuentes del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Esta ley incluye una serie de medidas para atraer inversión y talento a España, entre ellas esta deducción fiscal que antes era de un 30 %, que se eleva ahora al 50 % y una base imponible que pasa de 60.000 euros a 100.000.

Ahora se amplía además el periodo de deducción fiscal, que antes era de 3 años y pasa a 5 para las empresas de nueva o reciente creación con carácter general, 7 para ciertos sectores específicos. Deduce cualquier inversor, sea un emprendedor o un fondo.

Otras medidas que se contemplan en esta ley, que se prevé aprobar en torno al verano de 2022, son exenciones fiscales de hasta 50.000 euros anuales para las 'stock options' -entrega de acciones a los empleados como retribución-, frente a 12.000 euros de la anterior ley.

Además, se contempla una reducción del impuesto de sociedades del 25 % al 15 % en los cuatro primeros años con base imponible positiva.

SE ELIMINA LA DOBLE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

Además, durante 3 años, se prevé eliminar la doble cotización a la Seguridad Social en caso de un emprendedor que esté trabajando ya por cuenta ajena. Así, durante este periodo no se tendrá que dar de alta como autónomo el emprendedor.

Se establecen incentivos para los llamados “nómadas digitales”, emprendedores y teletrabajadores que se desplacen a España, donde podrán acogerse a un régimen tributario especial y tributar por el impuesto sobre la renta de no residentes (15 % del IRPF), siempre que haga 5 años que no residían en el país -antes el periodo era de 10 años-.

El borrador de este proyecto de Ley, que incorpora una serie de medidas para atraer inversión y talento a España, salió ya a información pública este verano.

Ahora se incorporan algunas de las sugerencias planteadas, entre ellas la de retirar uno de los puntos que contemplaba que no se entendería que una empresa era de nueva creación si alguno de sus fundadores lo hubiera sido ya de una empresa que se hubiera beneficiado de la ley.

Se podrán acoger a la ley las empresas de nueva creación o de menos de 5 años, 7 años en el caso de ciertos sectores estratégicos, que sean independientes de otras empresas y que no coticen en un mercado de valores. Además se requiere que tengan carácter innovador y tengan un volumen de negocios anual de hasta 5 millones de euros.

Se calcula que unas 10.000 empresas en España tendrían esta condición a día de hoy, según las fuentes del Ministerio.

UNA EMPRESA EN CINCO DÍAS

Además, se contempla agilizar los trámites para poder constituir una empresa con un solo paso y por medios telemáticos, sin costes notariales ni registrales. Se está trabajando para que se pueda constituir una empresa de este tipo en 5 días, según las fuentes.

Se establece una ventanilla única para la declaración del carácter innovador de la empresa a través del ENISA (Empresa Nacional de Innovación), un paso necesario para poder acogerse a los beneficios de la ley.

Además, se pondrá en marcha en 2022 la Oficina Nacional de Emprendimiento (ONE), que será la puerta de entrada para acceder a ayudas.

El objetivo es evitar el alto índice de mortalidad de estas empresas. Se calcula que el 60 % no sobrevive después de 5 años.

Hasta diez ministerios han estado implicados en esta ley, que fue informada por la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC), que recomendó un "desarrollo normativo claro" sobre los criterios para evaluar el carácter innovador de una empresa para acogerse a los beneficios de esta ley con el fin de evitar discriminaciones indebidas.

Las fuentes han explicado que la idea es que la orden ministerial que regula este asunto vuelva a llevarse a la CNMC.

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