😎 Rebajas de verano - Hasta un 50% de descuento en las selecciones de acciones de IA de InvestingProEMPECEMOS

El Supremo duda de la paralización del empleo público por la crisis de 2008

Publicado 29.06.2021, 15:09
© Reuters.  El Supremo duda de la paralización del empleo público por la crisis de 2008

Madrid, 29 jun (.).- El Tribunal Supremo duda de que la paralización de las ofertas de empleo público para plazas cubiertas por interinos, que las Administraciones achacaron a los recortes por la crisis de 2008, estuviera justificada al no ser puestos de nueva creación sino que ya estaban ocupados y provocaban el mismo gasto.

Así lo explica el Pleno de la sala de lo Social, que aplica la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y acuerda que los interinos pasarán automáticamente a ser indefinidos no fijos cuando transcurran tres años de contrato sin que se haya resuelto el proceso de selección.

En el caso analizado, la trabajadora prestó servicios de limpieza para el Patronato de la Alhambra y Generalife desde noviembre de 2009 a junio de 2017, con un contrato laboral temporal cuya duración estaba previsto que concluyera en el momento en el que la plaza fuera adjudicada a través del proceso previsto en la normativa.

Ahora el Supremo rechaza el recurso del organismo y de las Consejerías de Cultura y Hacienda de la Junta de Andalucía, y reconoce a la mujer, como indefinida no fija, una indemnización de veinte días por año de servicio, con un máximo de doce mensualidades.

Según el alto tribunal, ha quedado patente cómo la entidad "tardó más de seis años en organizar y publicar un concurso para la cobertura de la plaza vacante que ocupaba la demandante" y que, al final, resultó ser "un mero traslado entre el personal que ya tenía la condición de fijo".

En opinión de los magistrados, "un concurso de tal naturaleza", es decir, un traslado, no supone un "incremento estructural del gasto público", motivo por el que rechaza "la inactividad de la Administración durante un amplio período de tiempo".

REFLEXIÓN SOBRE LA CRISIS DEL 2008

La sentencia íntegra del Supremo, cuyo fallo fue adelantado este lunes, también reflexiona sobre las normas presupuestarias que paralizaron la convocatoria de ofertas públicas de empleo como consecuencia de la crisis económica de 2008.

De este modo, aclara el Pleno, aunque la sala "nunca ha afirmado que las consecuencias de aquella crisis podían justificar la extensión de la contratación", sí que avaló que se detuvieran estos procesos de selección en virtud del Pacto Fiscal Europeo, firmado por los estados miembros de la Unión Europea en marzo de 2012.

La paralización de las ofertas públicas de empleo, prosigue, "eran medidas al servicio de la estabilidad presupuestaria y del control del gasto".

Sin embargo, "dado que impedían la convocatoria de vacantes ocupadas por trabajadores interinos, el cumplimiento de tales finalidades resulta dudoso ya que, con la convocatoria y ocupación de estas plazas, el gasto no se incrementa porque ya existía el puesto".

Así pues, "no se trataban de plazas de nueva creación sino de plazas que ya estaban cubiertas interinamente y que provocaban el mismo gasto que si hubieran estado cubiertas de forma definitiva".

Por tanto, relatan los magistrados, "la justificación de la inactividad administrativa ya no resulta tan clara ya que, materialmente, no contribuía, ni directa ni indirectamente, a la sostenibilidad presupuestaria o a la contención del gasto público".

En este punto, se remiten al veredicto del TJUE, que dictaminó que aspectos puramente económicos relacionados con la crisis de 2008 "no pueden justificar la inexistencia de medidas destinadas a prevenir y sancionar la utilización sucesiva de contratos de trabajo de duración determinada".

Esta afirmación lleva al Supremo a rectificar su anterior doctrina, que respaldaba la "prolongada extensión" de este tipo de contratos "en concretas y determinadas circunstancias ligadas a la vigencia temporal de las leyes presupuestarias".

Últimos comentarios

Instala nuestra app
Aviso legal: Las operaciones con instrumentos financieros o criptomonedas implican un elevado riesgo, incluyendo la pérdida parcial o total del capital invertido, y pueden no ser adecuadas para todos los inversores. Los precios de las criptomonedas son extremadamente volátiles y pueden verse afectados por factores externos de tipo financiero, regulatorio o político. Operar sobre márgenes aumenta los riesgos financieros.
Antes de lanzarse a invertir en un instrumento financiero o criptomoneda, infórmese debidamente de los riesgos y costes asociados a este tipo operaciones en los mercados financieros. Fije unos objetivos de inversión adecuados a su nivel de experiencia y su apetito por el riesgo y, siempre que sea necesario, busque asesoramiento profesional.
Fusion Media quiere recordarle que la información contenida en este sitio web no se ofrece necesariamente ni en tiempo real ni de forma exacta. Los datos y precios de la web no siempre proceden de operadores de mercado o bolsas, por lo que los precios podrían diferir del precio real de cualquier mercado. Son precios orientativos que en ningún caso deben utilizarse con fines bursátiles. Ni Fusion Media ni ninguno de los proveedores de los datos de esta web asumen responsabilidad alguna por las pérdidas o resultados perniciosos de sus operaciones basados en su confianza en la información contenida en la web.
Queda prohibida la total reproducción, modificación, transmisión o distribución de los datos publicados en este sitio web sin la autorización previa por escrito de Fusion Media y/o del proveedor de los mismos. Todos los derechos de propiedad intelectual están reservados a los proveedores y/o bolsa responsable de dichos los datos.
Fusion Media puede recibir contraprestación económica de las empresas que se anuncian en la página según su interacción con éstas o con los anuncios que aquí se publican.
Este aviso legal está traducido de su texto original en inglés, versión que prevalecerá en caso de conflicto entre el texto original en inglés y su traducción al español.
© 2007-2024 - Fusion Media Ltd. Todos los Derechos Reservados.