Madrid, 3 oct (.).- El juzgado mercantil nº 14 de Madrid ha avalado que Ryanair (LON:0RYA) aplique a los pasajeros de sus vuelos con origen o destino en los aeropuertos españoles que adquieren billetes a través de la plataforma online Kiwi procedimientos de verificación distintos a los que compran sus billetes a través de su web.
En un auto fechado el pasado 28 de septiembre a la que ha tenido acceso EFE, el juzgado madrileño rechaza la pretensión de la agencia de viajes online Kiwi, que había solicitado la suspensión cautelar de esta medida hasta que se resolviera su demanda por este motivo.
En su demanda, Kiwi alegaba que Ryanair el procedimiento aplicado por Ryanair a los pasajeros que adquieren sus billetes a través de plataformas de venta online es abusivo.
En algunos casos, la aerolínea impedía el acceso al vuelo a los pasajeros con tarjetas de embarque de Kiwi alegando que no contaban con los necesarios controles de seguridad y verificación.
Se trata, explicaba Kiwi, de "un largo y farragoso proceso por el que la aerolínea exige copia del documento de identidad, copia de la foto de la firma y hasta un escaneo facial del pasajero que, sin embargo, no pide a quienes compran un billete a través de su web".
La finalidad de este sistema es "que los clientes de kiwi dejen de usar sus servicios y decidan comprar los billetes de avión directamente en la web de Ryanair", lo que constituye un acto de competencia desleal.
Ryanair, por su parte, alegó la falta de jurisdicción de los tribunales españoles para dirimir la cuestión, que sólo compete a la justicia de Irlanda -país de origen de la aerolínea- o de la República checa -de donde es oriunda Kiwi-.
Asimismo, Ryanair considera que existe una situación de hecho consentida por la demandante, puesto que el procedimiento de verificación se viene aplicando desde el año 2020 y desde el 2021 en su configuración actual.
Kiwi, prosigue el juzgado, no ha alegado ni acreditado la urgencia o necesidad que justifique la petición cautelar con carácter previo a la presentación de la demanda.
La solicitud hace referencia a la urgencia y necesidad de las medidas interesadas al justificar el peligro de mora procesal y la necesidad de adoptar la medida inaudita parte, pero no alega qué circunstancias impiden la presentación de la demanda principal.
Kiwi solicitó las medidas cautelares en julio, cuando ya había comenzado la temporada de verano, época en la que se produce el mayor número de reservas y mayores perjuicios; pero no se entiende qué le impidió presentar al mismo tiempo la demanda y la petición de medidas cautelares.
Desde Ryanair valoran la decisión del juzgado madrileño, que "garantiza que los pasajeros que hayan reservado a través de plataformas online puedan seguir utilizando nuestros procedimientos de facturación de seguridad mejorados".