Madrid, 6 mar (.).- La Abogacía del Estado sostiene que el Gobierno puede presentar el proyecto de Presupuestos aunque no haya logrado aprobar la senda de déficit en las Cortes, ya que la elaboración de las cuentas es un mandato de la Constitución.
En un informe al que ha tenido acceso EFE, la Abogacía del Estado explica que, en ausencia de objetivos aprobados, se aplicarán los incluidos en el programa de estabilidad remitido a Bruselas en abril de 2023 en lugar de los nuevos presentados por el Ejecutivo, que han sido definitivamente rechazados por el Senado este miércoles.
El Gobierno había solicitado este informe hace meses ante la perspectiva de que la senda de estabilidad no lograra hoy superar el trámite del Senado, donde el PP tiene mayoría absoluta, como finalmente ha ocurrido.
Conforme al criterio de la Abogacía, el Gobierno ya ha superado todos los requisitos previos al Presupuesto -ha presentado y tramitado dos sendas de estabilidad, ambas idénticas-, por lo que puede presentar las cuentas cuando quiera.
Los objetivos de déficit público de abril de 2023 son los mismos que los rechazados este miércoles -un desfase del 3 % del PIB este año, 2,7 % del PIB en 2025 y 2,5 % del PIB en 2026-, pero cambia el reparto por subsectores, lo que se traduce en metas más estrictas para comunidades autónomas y ayuntamientos.
Mandato constitucional
El informe, de 32 páginas, repasa la jurisprudencia para aclarar cómo afrontar los trámites previos al presupuesto en función de distintas casuísticas, entre ellas que las Cortes rechacen dos veces la senda del Gobierno y no haya otros objetivos aprobados de años anteriores.
En ese caso -el que resulta de aplicación en 2024-, el informe subraya que la obligación del Gobierno de presentar un proyecto de Presupuestos, recogida en la Constitución, "no puede ser obviada por las eventualidades que se deriven de la aplicación de una norma de rango inferior", en este caso la Ley de Estabilidad, que es la que establece que los objetivos sean aprobados por Congreso y Senado.
Con respecto a qué objetivos utilizar, a falta de una senda aprobada, los Presupuestos tendrán que regirse por el artículo 135 de la Constitución, que establece que el Estado y las comunidades autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos por la Unión Europea.
Para cumplir con este mandato, el informe considera que los Presupuestos deben basarse en los objetivos incluidos en el programa de estabilidad, que se manda a Bruselas en abril y que es examinado por las autoridades europeas.
En el caso concreto del programa de estabilidad presentado en 2023, que incluye metas para el periodo 2024-2026, la Unión Europea certificó que el gasto primario neto financiado a nivel nacional se situaba en el 1,4 % para 2024, por debajo de la tasa de crecimiento máxima recomendada.
Esto supone que la senda de déficit incluida en el programa de estabilidad cumple con los márgenes establecidos por la Unión Europea y, por lo tanto, con el mandato del artículo 135.2 de la Constitución de cara a la elaboración de los Presupuestos.
El informe también aclara cómo actuar en caso de que las Cortes rechacen el plan de reequilibrio del Gobierno -necesario ante la reactivación de las reglas fiscales, que habían estado suspendidas desde la pandemia-, como ha ocurrido este miércoles.
A falta de un plan de reequilibrio aprobado, los Presupuestos estarán limitados por los márgenes establecidos por la Unión Europea, que de nuevo son las recomendaciones del programa de estabilidad y que ya han sido avaladas por la Comisión Europea.