Madrid, 13 feb (.).- La Audiencia Nacional ha emitido una sentencia en la que declara nulos los servicios mínimos que fijó el Gobierno durante las huelgas convocadas en julio de 2023 por el sindicato CGT en el gestor de las infraestructuras ferroviarias Adif.
El fallo, al que ha tenido acceso EFE y contra el que cabe recurso de casación, revoca la resolución que emitió la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en la que determinaba los servicios mínimos de carácter obligatorio para las huelgas de los días 10, 12, 14, 17 y 19 de julio.
La sentencia, notificada el pasado jueves, subraya que esa orden se limitó a fijar el número de personas afectadas por los servicios mínimos "sin dar mayor explicación", mientras que debería haber razonado su "proporcionalidad" y "ponderación".
El dictamen del Gobierno fijó unos servicios mínimos de más de 2.100 trabajadores para cada jornada de huelga en la plantilla estatal de ADIF, compuesta por 11.334 empleados.
El Sector Federal Ferroviario de la Confederación General del Trabajo (SFF-CGT), convocante del paro, ha destacado que la sentencia sentará "un precedente ante los abusos que se vienen cometiendo con el uso de servicios mínimos en este tipo de empresas".
"Cada vez se pone más empeño en intentar romper la dinámica de lucha de las organizaciones sindicales, especialmente de las más combativas como la CGT", recalca en un comunicado la organización, que llamó a la movilización para defender la jornada de 35 horas acumulada en días y en contra de la "continuada externalización de servicios".