MADRID (Reuters) - La Audiencia Nacional rechazó el viernes la suspensión cautelar de la venta de Banco Popular (MC:POP) a Santander (MC:SAN) solicitada en varios recursos de particulares en contra de la resolución de la entidad el 7 de junio.
El tribunal considera que la resolución, ejecutada por el estatal FROB, es al dictado de la europea Junta Única de Resolución (JUR) por lo que los perjuicios argumentados por los demandantes han de ser reclamados ante la justicia europea.
"La Sala considera que la actuación del Frob ha sido de carácter instrumental porque dimana de una decisión previa de un organismo europeo del sistema financiero, la JUR y es en otros tribunales donde deberían residenciarse los perjuicios invocados".
El auto responde a uno de los más de 6.000 particulares representados en más de 250 recursos y puede ser recurrido hasta el próximo lunes.
Bonistas y accionistas de Popular que perdieron toda su inversión con ocasión de la resolución del banco y su venta a Santander por un euro han interpuesto en los últimos meses medio centenar de demandas en distintos tribunales en contra de la resolución, incluyendo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
La Audiencia reconoce en el auto que la resolución de la entidad puede generar perjuicios "si no de imposible, sí de muy difícil reparación".
"Pero tales perjuicios (...) son imputables directamente a la decisión de la JUR, que es la que ha decidido la venta", dijo el tribunal.