Madrid, 16 sep (.).- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha fallado a favor de 141 abogados que prestaban servicios de asesoramiento a bancos a través de la multinacional Transcom como autónomos, y los ha reconocido como trabajadores de pleno derecho dada la relación laboral que mantenían con la empresa.
En una sentencia, adelantada por el diario El País y a la que ha tenido acceso Efe, la sección tercera de la sala de lo Social rechaza el recurso de la compañía, y se remite a las condiciones de los letrados, quienes, incluso, trabajaban desde la propia sede.
Los hechos se remontan a 2017, cuando la Inspección de Trabajo y Seguridad Social comprobó que en la unidad de servicios legales de Transcom trabajaban tanto empleados por cuenta ajena como autónomos, algunos de los cuales tenían responsabilidades de coordinación.
En términos generales prestaban sus servicios de asesoramiento para diferentes entidades desde el centro de trabajo de Transcom, ocupando siempre el mismo puesto, con un horario fijo impuesto por la dirección, y utilizando los dispositivos de la compañía.
Además, cobraban una cantidad fija anual dividida en 12 mensualidades, y todos los medios materiales (ordenadores, impresoras, teléfonos fijos, mesas, sillas...) "les eran facilitados por la empresa", al igual que las claves de acceso a equipos y redes.
Tal como recoge la sentencia, los abogados estaban sujetos a las "órdenes e instrucciones" de Transcom, que al mismo tiempo "les exigía entregar el trabajo encargado en un plazo determinado".
Todos ellos disponían de un correo electrónico de la empresa, "con la dirección y el teléfono de contacto del centro de trabajo en el membrete", y hasta recibían instrucciones sobre el vestuario ("a partir de la semana que viene, comenzamos con periodo casual", indicaba uno de los mensajes).
Estos hechos fueron recogidos en la sentencia dictada por el juzgado de lo Social número 29 de Madrid, que estimó la demanda de oficio interpuesta por la Tesorería General de la Seguridad Social, y reconoció que existía una relación laboral entre los 141 abogados y la multinacional.
Transcom recurrió el veredicto por una posible vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva al no haberse aportado a la causa los resúmenes de las declaraciones trimestrales del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de los letrados, lo que habría permitido demostrar que la compañía "era un cliente más".
Ahora el TSJM confirma el criterio de la primera instancia ya que "el conjunto de características es más propio de la actividad laboral" que de los servicios profesionales desempeñados por un auténtico autónomo.
Uno de los abogados que participaron en la defensa de los trabajadores afectados y que llevó el caso de los "riders" de Glovo, Luis Suárez Machota, celebra el fallo, y advierte de que el fenómeno de los falsos autónomos o la precarización laboral ya "forma parte de la proletarización de las clases medias", en profesiones como abogados, ingenieros, médicos o arquitectos.