😎 Rebajas de verano - Hasta un 50% de descuento en las selecciones de acciones de IA de InvestingProEMPECEMOS

Ley española sobre ventas a pérdida es contraria al derecho de UE, según TJUE

Publicado 19.10.2017, 19:13
© Reuters.  Ley española sobre ventas a pérdida es contraria al derecho de UE, según TJUE

Bruselas, 19 oct (.).- La legislación española que prohíbe de forma general las ventas a pérdida, aquellas que se realizan a un precio inferior a su coste, es contraria a la directiva comunitaria sobre prácticas comerciales desleales, indicó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia publicada hoy.

La corte con sede en Luxemburgo recordó que ya se ha declarado "en numerosas ocasiones" que las normativas nacionales que establecen vetos generales a las ventas a pérdida son contrarias a la directiva.

Asimismo, subrayó que los Estados comunitarios no pueden adoptar medidas más restrictivas que las previstas en la norma de la UE, "ni siquiera con el fin de garantizar una mayor protección de los consumidores".

El TJUE se pronunció en ese sentido a raíz de la multa de 3.001 euros impuesta por la Dirección General de Comercio y Protección del Consumidor de la región de Murcia a la empresa mayorista Europamur Alimentación, que vende productos domésticos y de alimentación a supermercados y tiendas de barrio "a precios competitivos".

La sanción administrativa se estableció al considerar que se había incumplido la prohibición de venta con pérdida de la legislación española en materia de comercio minorista (Ley de Ordenación del Comercio Minorista o LOCM, de 1996).

De todas formas, el Juzgado Contencioso-Administrativo n° 4 de Murcia pidió al TJUE determinar si la normativa española es compatible con la directiva sobre prácticas comerciales desleales.

Entre otros motivos, Europamur alegó que era necesario "preservar la capacidad competitiva del pequeño comercio, de modo que este pueda alinear sus precios con los de los competidores".

En cuanto a la administración regional, sostuvo que el régimen de sanciones de la LOCM, "especialmente previsto para defender los intereses de los consumidores", es independiente de la Ley de Competencia Desleal, que regula las relaciones de los agentes económicos entre sí.

El Tribunal de Justicia reconoció en su sentencia que el ámbito de aplicación de la directiva se circunscribe a las prácticas comerciales desleales de empresas que perjudican directamente los intereses económicos de los consumidores.

Por tanto, considera que no sería aplicable a las transacciones entre profesionales.

El tribunal de la UE considera que en este caso el derecho nacional ha posibilitado la aplicación de las disposiciones de la directiva a una situación que no está comprendida en el ámbito de aplicación de esa misma directiva.

Según indicó el TJUE, la prohibición en la legislación española se aplica "tanto a las ventas entre mayoristas y minoristas como a las ventas entre minoristas y consumidores".

Agregó que la normativa española considera que la venta con pérdida "es una práctica comercial desleal en sí misma" y que los jueces y tribunales nacionales no pueden determinar si tiene o no carácter desleal en cada caso.

La ley nacional prohíbe las ventas al público con pérdida, fuera de las ventas de saldos y ventas en liquidación, "a menos que, quien las realice, tenga por objetivo alcanzar los precios de uno o varios competidores con capacidad para afectar, significativamente, a sus ventas, o se trate de artículos perecederos en las fechas próximas a su inutilización".

Sin embargo, para el TJUE esas dos excepciones se basan en criterios que no responden a lo previsto en la directiva.

(Más información sobre la Unión Europea en euroefe.euractiv.es)

Últimos comentarios

Instala nuestra app
Aviso legal: Las operaciones con instrumentos financieros o criptomonedas implican un elevado riesgo, incluyendo la pérdida parcial o total del capital invertido, y pueden no ser adecuadas para todos los inversores. Los precios de las criptomonedas son extremadamente volátiles y pueden verse afectados por factores externos de tipo financiero, regulatorio o político. Operar sobre márgenes aumenta los riesgos financieros.
Antes de lanzarse a invertir en un instrumento financiero o criptomoneda, infórmese debidamente de los riesgos y costes asociados a este tipo operaciones en los mercados financieros. Fije unos objetivos de inversión adecuados a su nivel de experiencia y su apetito por el riesgo y, siempre que sea necesario, busque asesoramiento profesional.
Fusion Media quiere recordarle que la información contenida en este sitio web no se ofrece necesariamente ni en tiempo real ni de forma exacta. Los datos y precios de la web no siempre proceden de operadores de mercado o bolsas, por lo que los precios podrían diferir del precio real de cualquier mercado. Son precios orientativos que en ningún caso deben utilizarse con fines bursátiles. Ni Fusion Media ni ninguno de los proveedores de los datos de esta web asumen responsabilidad alguna por las pérdidas o resultados perniciosos de sus operaciones basados en su confianza en la información contenida en la web.
Queda prohibida la total reproducción, modificación, transmisión o distribución de los datos publicados en este sitio web sin la autorización previa por escrito de Fusion Media y/o del proveedor de los mismos. Todos los derechos de propiedad intelectual están reservados a los proveedores y/o bolsa responsable de dichos los datos.
Fusion Media puede recibir contraprestación económica de las empresas que se anuncian en la página según su interacción con éstas o con los anuncios que aquí se publican.
Este aviso legal está traducido de su texto original en inglés, versión que prevalecerá en caso de conflicto entre el texto original en inglés y su traducción al español.
© 2007-2024 - Fusion Media Ltd. Todos los Derechos Reservados.