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Manuel March, a juicio por la venta de una mansión en Mallorca

Publicado 26.03.2024, 11:13
Actualizado 26.03.2024, 11:13
© Reuters.  Manuel March, a juicio por la venta de una mansión en Mallorca

Madrid, 26 mar (.).- Manuel March, nieto del fundador de la Banca March, se enfrenta el próximo lunes, 1 de abril, a un juicio en Madrid en el que le acusan de enriquecimiento ilícito y le reclaman 2,7 millones de euros tras la venta de "Son Galcerán", una finca histórica en Mallorca.

El demandante, una sociedad denominada Son Galcerán SL, acusa a March de haberse quedado con 2,4 millones que le abonó como señal para la compra de esta finca, que finalmente el propietario decidió vender a otra compañía a un precio superior, explican a EFE fuentes jurídicas próximas al proceso.

Como entre Son Galcerán SL y Manuel March había firmado un contrato de compraventa de la propiedad, el demandante reclama no solo la señal de 2,4 millones de euros más los intereses, sino una indemnización de 300.000 euros.

El próximo lunes a las 12.00 horas se celebrará el juicio en la sala de vistas de los juzgados de primera instancia 9 y 10 de Madrid.

El acuerdo inicial

En el verano de 2019 Manuel March puso a la venta una mansión situada a las afueras de Valldemossa, en su día propiedad del archiduque Luis Salvador de Austria y en la que llegó a hospedarse la emperatriz Sissí cuando visitaba la isla, por 7,5 millones a través de una prestigiosa inmobiliaria de lujo.

Sin embargo, no fue hasta octubre de 2021 cuando March acordó la venta de la finca y de las viviendas que en ella se incluyen con la sociedad Son Galcerán SL, propiedad de un fondo luxemburgués, por 8 millones, de los que recibió 400.000 euros en ese momento.

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A mediados de diciembre de 2021 las dos partes formalizaron un contrato privado en el que se establecía el pago de dos millones más y se acordaba que el entonces propietario, Manuel March, y su cónyuge, Juan José Jara, dejarían la vivienda vacía para que los futuros propietarios realizaran obras de reacondicionamiento.

En la misma fecha también se fijó que el 2 de febrero de 2022 tendría lugar la firma ante notario de la escritura pública y el pago de los 5,6 millones restantes hasta llegar a los 8 millones acordados, no obstante, esa firma nunca llegó a producirse.

Un nuevo comprador

Poco después, Manuel March vendió la propiedad a otra sociedad, Vagalam Sarl, ahora con sede en Suiza, por lo que la sociedad Son Galcerán SL, que había adelantado 2,4 millones por la compra de la propiedad, presentó una demanda en un juzgado de Madrid.

La demanda en la que se reclamaba esa cantidad más el pago de intereses y una indemnización de 300.000 euros, tal y como estaba estipulado en el contrato privado de compraventa firmado el 15 de diciembre de 2021, se admitió a trámite y ahora llega el juicio.

La sociedad Son Galcerán detallaba en su demanda el abono por adelantado de los 2,4 millones, lo que demostraría "un total cumplimiento de lo pactado" por parte de la empresa, pero responsabilizaba a March de que la firma de la escritura de compraventa no se pudiera hacer.

El trámite no pudo completarse porque la finca era la vivienda habitual de March y su pareja, por lo tanto "era imprescindible la comparecencia del cónyuge del vendedor", como fija la ley.

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Los compradores propusieron a March fijar una nueva fecha en la que ya estuviera presente su cónyuge o al menos hubiera una autorización oficial, pero los vendedores nunca llegaron a determinar otra cita.

Unos días después, el abogado de la empresa compradora intentó fijar con la parte vendedora una fecha definitiva y el asesor financiero de Manuel March, Juan Esquer, respondió que había un nuevo comprador que ofrecía 10,5 millones, por lo que ésa sería la cantidad que tendría que pagar ahora Son Galcerán SL para adquirir la propiedad y no los 8 millones previamente acordados y firmados en el contrato de compraventa.

El 21 de febrero la parte vendedora comunicó a la sociedad que el contrato privado de compraventa se encontraba "resuelto de pleno derecho, sin que ninguna de las partes pudiera reclamar nada más a la otra", a lo que Son Galcerán SL respondió por conducto notarial que cualquier resolución debería ser acordada por sentencia judicial.

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