Bruselas, 3 may (.).- El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) falló hoy a favor de la marca española MASSI de ropa y equipamiento deportivo en le caso de la demanda de nulidad presentada por la marca italiana Masi para bicicletas y sus piezas.
"A pesar de que la marca anterior 'Masi' haya podido gozar en el pasado de cierto renombre en el ámbito del ciclismo, esa notoriedad es esencialmente histórica y no ha quedado demostrado, mediante pruebas suficientes, que haya perdurado hasta la fecha en que se presentó la demanda de nulidad", indicó el tribunal.
La marca MASSI fue registrada en 1996 por Jaime Masferrer Coma ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO) para varios productos relacionados con el equipamiento necesario para la práctica del ciclismo, y esta fue transferida a la empresa catalana J-M.-E.V. e hijos en mayo de 2012.
En marzo de 2014, el italiano Alberto Masi presentó una demanda de nulidad de la marca respecto de algunos de esos productos, relacionados propiamente con la bicicleta, como bicicletas, amortiguadores, bombas, cadenas, cámaras de aire, frenos o llantas, entre otros.
El demandante alegaba, esencialmente, que su marca Masi era notoriamente conocida en varios países de la UE y estaba registrada para bicicletas y sus piezas, recordó la corte con sede en Luxemburgo en un comunicado.
La EUIPO desestimó su demanda en febrero de 2015, pero en noviembre de 2016 estimó el recurso y declaró la nulidad de la marca de la UE de la empresa catalana respecto de todos los productos en cuestión, ante lo que la firma española recurrió al TGUE, donde solicitó la anulación de esa decisión.
En su fallo, el Tribunal General de la UE consideró que Masi no ha demostrado de modo suficiente que su marca anterior gozara de notoriedad conforme al Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial cuando Masferrer Coma presentó la solicitud de registro de su marca en noviembre de 1996, ni cuando presentó la demanda de nulidad en marzo de 2014.
La marca MASSI, ganadora de este litigio en el TGUE, es la misma que la pasada semana perdió una disputa contra el futbolista argentino Lionel Messi, que puede así registrar artículos y prendas de vestir con la marca MESSI, pues la corte consideró que ambas enseñas son fácilmente diferenciables debido a la fama del jugador.
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