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Miguel Robledo y Beatriz Colomer (exBankia) no irán a juicio por el caso Rato

Publicado 29.12.2021, 13:24
© Reuters.  Miguel Robledo y Beatriz Colomer (exBankia) no irán a juicio por el caso Rato
BKIA
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Madrid, 29 dic (.).- El exdirector de Comunicación Externa de Bankia (MC:BKIA) Miguel Robledo y una de sus empleadas, Beatriz Colomer, no irán a juicio en el caso que investiga el origen del patrimonio del exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato, al contrario de lo indicado erróneamente por Efe el pasado 21 de diciembre.

Tanto Robledo como Colomer fueron apartados recientemente por la Audiencia Provincial de Madrid, que en su auto del pasado 12 de noviembre decretó el sobreseimiento de la causa contra ellos al tratarse de "figuras subalternas o subordinadas, con una actuación difusa e imprecisa" en los hechos.

Sin embargo, en una información difundida el pasado día 21 informando de la confirmación de la apertura del juicio oral contra el exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato por parte de la Audiencia Provincial de Madrid, Efe incluyó unos párrafos de contexto sin actualizar en los que se daba a Robledo y Colomer como acusados.

Ambos se encontraban investigados por su presunta participación en el delito de corrupción entre particulares, a raíz de la concesión de las campañas publicitarias de Bankia a las agencias Zenith y Publicis, por las que Rato, entonces al frente de la entidad, se habría embolsado 835.000 euros en comisiones.

Respecto del que fuera director de Comunicación Externa del banco, los magistrados coincidían en que su actuación "es difusa e imprecisa" en tanto que "actuaba al dictado de José Manuel Fernández Norniella ('mano derecha' de Rato), que fue quien le introdujo en Bankia".

Es más, "ya Fernández Norniella carecía de poderes ejecutivos o de gestión nominales, aunque, de hecho, ejercía la supervisión y férreo control de todo el entramado de comunicación y publicidad de la entidad".

En virtud de aquel auto, firme y contra el que no puede presentarse recurso ordinario, también quedaba fuera el despacho Plazas Abogados SLP, que no figuraba entre los investigados en el procesamiento inicial por corrupción, después anulado para agrupar esta pieza con los delitos fiscales y de blanqueo.

LA CAUSA CONTRA ROBLEDO Y COLOMER YA SE ARCHIVÓ ANTES

Según recuerda la resolución, no es la primera ocasión en la que la sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid se pronuncia sobre la intervención de Robledo y Colomer.

En este sentido, se refiere al auto de procesamiento sobre el delito de corrupción en los negocios, en el que se adoptó "de forma paralela la decisión de archivo provisional y parcial de la causa respecto de alguno de los investigados", como fue el caso de ambos.

Dicha decisión fue recurrida por la Fiscalía Anticorrupción antes de que los magistrados ordenaran unir todas las piezas de las que se componía el caso Rato.

En opinión del tribunal, "no existe base indiciaria suficiente para afirmar que (Robledo y Colomer) formaban parte del grupo de personas que idearon, diseñaron, ejecutaron las relaciones para la prestación de servicios de publicidad".

Todo ello "por más que tuvieran una posición de proximidad profesional con alguno de los principales implicados".

Tampoco ha quedado acreditado durante la instrucción "que tuvieran cabal conocimiento de que dicho contrato encubría y canalizaba el pago de una abultada comisión cuyo parcial destinatario final era Rodrigo Rato".

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