Madrid, 2 nov (.).- La Inspección de Trabajo ha obligado a la empresa Sitel a no volver a realizar contratos por obra para la prestación de servicios de los centros de atención al cliente o "contact center", según ha informado este martes Comisiones Obreras (CCOO).
Tras el fallo de la Audiencia Nacional, Inspección de Trabajo ha publicado la primera resolución relacionada con la modalidad de contratos en el sector, a través de la cual obliga a Sitel, una de las principales empresas de centros de atención al cliente, a recurrir a los contratos indefinidos.
En concreto, la resolución de trabajo, a la que ha tenido acceso Efe, recoge que el fallo de la Justicia "impedirá en la práctica la nueva concertación de contratos por obra y servicio determinado en los términos que posibilitaba el párrafo del precepto anulado, lo cual se produce por la sentencia de la Audiencia Nacional de septiembre de 2021".
Así, reconoce que, a partir de la publicación de la sentencia de la Audiencia Nacional, no deben realizarse contratos por obra o servicio, aunque no sanciona a Sitel porque no ha contratado bajo esa modalidad desde esa fecha.
La resolución de Inspección de Trabajo llega después de que en diciembre de 2020 el Tribunal Supremo fallara que las empresas del sector no podían recurrir a esta modalidad de contrato, exigiendo su transformación a indefinidos.
Tras esto, CCOO exigió la modificación del Convenio Colectivo ante la Audiencia Nacional, que les dio la razón, aunque la patronal ha recurrido la sentencia.
Según el sindicato, tras el fallo del tribunal, el Grupo Majorel, Salesland y Teyamé han comenzado a transformar sus contratos, según el sindicato.
Por ello, desde CCOO "celebran que las empresas vayan tomando este tipo de decisiones evitando así mayor confrontación con sus plantillas".