Por Raquel Castillo
MADRID (Reuters) - El Gobierno español anunció el viernes que va a revisar la tipificación de los delitos sexuales en el Código Penal tras la polémica condena a nueve años de cárcel por abusos, y no por agresión sexual, a cinco hombres acusados de una violación grupal en las fiestas de San Fermín de 2016.
El ministro portavoz del Gobierno, Iñigo Méndez de Vigo, dijo que el titular de Justicia, Rafael Catalá, realizará consultas para valorar si la calificación de estos delitos "está convenientemente reflejada en nuestro ordenamiento jurídico o es preciso una actualización de las mismas".
La calificación de los delitos sexuales en el Código Penal español data de 1995.
"El Gobierno ha estado, está y estará con las víctimas", agregó el ministro portavoz en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que agregó que la sentencia aún no es firme ya que habrá recursos en su contra.
En este sentido, la Fiscalía de Navarra anunció el viernes que en los próximos días apelará el fallo del Tribunal Superior de Navarra que absolvió a los cinco sevillanos del delito más grave de agresión sexual, que hubiera acarreado una pena mayor.
El ministerio público navarro, que en el juicio había solicitado 22 años de cárcel para cada uno de los acusados, explicó en una nota que mantenía su consideración inicial de "que los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual (violación) y no sólo de abuso sexual".
El fallo del tribunal compuesto por tres magistrados argumentó su decisión en que no apreció violencia o intimidación.
Después de que miles de personas se manifestaran el jueves en varias ciudades españolas, cientos volvían a concentrarse el viernes ante la sede de la Audiencia de Navarra, donde la víspera se dio a conocer el fallo.
En unas declaraciones realizadas el jueves, el ministro de Justicia se mostró abierto a una reflexión sobre el Código Penal y a promover una reforma en caso de ser necesario.
"Hay que revisar nuestra legislación si en algún caso se identifica que hay alguna duda en cuanto a la aplicación de los tipos penales", dijo Catalá el jueves a periodistas.
LA DUDA SOBRE LA INTIMIDACIÓN
Los hechos juzgados se remontan a la madrugada del 7 de julio de 2016, cuando los cinco hombres que entonces no llegaban a la treintena hicieron entrar en un portal a la joven madrileña de 18 años y allí la sujetaron y obligaron a realizar varios actos sexuales.
Dos de los acusados grabaron con su teléfono móvil los hechos con el consentimiento de los demás, unas imágenes que han sido usadas como prueba en el procedimiento.
"Creo que el contexto y las circunstancias del caso parecen reflejar una intimidación que anula cualquier resistencia y que supondría agresión sexual", dijo el portavoz de la asociación judicial Jueces para la Democracia, Joaquín Bosch, en su cuenta en la red social Twitter.
"Me parecería positivo que los recursos llevaran a una nueva orientación de la jurisprudencia", agregó Bosch.
La defensa de la víctima, la de los cinco acusados y el gobierno de Navarra que se ha personado como acusación popular han anunciado que recurrirán la sentencia, que parece destinada a resolverse finalmente en el Tribunal Supremo.