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Estrasburgo condena a España por maltrato a los etarras del atentado de la T-4

Publicado 13.02.2018, 12:43
© Reuters. Estrasburgo condena a España por maltrato a los etarras del atentado de la T-4

MADRID (Reuters) - El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sentenció el martes a España al pago de una indemnización por daños morales a dos miembros de ETA condenados por el atentado de la T-4 del aeropuerto de Madrid de diciembre 2006, al considerar que sufrieron un "trato inhumano y degradante" durante su detención.

Una sala del tribunal con sede en Estrasburgo decidió, por cuatro votos frente a tres, que España deberá pagar 30.000 euros a Igor Portu y otros 20.000 euros a Martín Sarasola.

El fallo señala que ni las autoridades nacionales ni el Gobierno proporcionaron ningún argumento convincente o creíble para explicar o justificar las lesiones sufridas durante el arresto de los etarras en 2008 por agentes de la Guardia Civil y el inicio de su detención incomunicada.

La sentencia establece que tanto Portu como Sarasola sufrieron malos tratos pero no tortura, porque las lesiones no tuvieron consecuencias a largo plazo para ellos y por la ausencia de pruebas concluyentes sobre el objetivo del trato infligido a los demandantes.

Tres de los siete jueces que estudiaron el caso expresaron sin embargo una opinión parcialmente disidente, al considerar que los dos miembros de ETA sufrieron torturas y no solo malos tratos.

© Reuters. Estrasburgo condena a España por maltrato a los etarras del atentado de la T-4

En el atentado por el que fueron condenados Portu y Sarasola murieron dos ciudadanos ecuatorianos, cuando explotó una potente bomba en un aparcamiento de la terminal T-4 de Barajas el 30 de diciembre de 2006, en plena tregua de ETA.

Los dos detenidos denunciaron malos tratos desde el principio, pero sus acusaciones fueron rechazadas por el Gobierno socialista de entonces, que dijo que los datos forenses con los que contaba avalaban la versión de la Guardia Civil de que las lesiones se habrían producido en el forcejeo previo a la detención.

Aunque la Audiencia Provincial de Guipúzcoa dio en un principio la razón a Portu y Sarasola y condenó a cuatro guardias civiles en 2010, el Tribunal Supremo revocó la condena un año después determinando que no había pruebas de torturas y que ambos habían realizado una denuncia falsa al dictado de ETA.

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