MADRID (Reuters) - Un tribunal ha ordenado que se entreguen las muestras de sangre de varias decenas de deportistas incautadas en la "Operación Puerto" al organismo mundial contra el dopaje en el deporte, a la vez que absolvió al doctor Eufemiano Fuentes en el desenlace de una investigación judicial iniciada hace 10 años.
La sentencia, publicada el martes y contra la que no cabe recurso, revoca la condena de un tribunal de menor instancia contra Fuentes, la figura central del conocido caso sobre el dopaje en el ciclismo.
La operación acaparó la atención internacional cuando la policía se incautó en 2006 de esteroides anabolizantes, equipos de transfusión y bolsas de sangre en un caso que acabó salpicando a ciclistas profesionales de perfil internacional.
Los magistrados de la Audiencia han decidido que los contenidos de las bolsas con muestras de sangre, plasma y concentrados de hematíes intervenidas deben entregarse a la Real Federación Española de Ciclismo, a la Asociación Mundial Antidopaje (AMA), la Unión Ciclista Internacional y al Comité Olímpico Nacional Italiano.
"El fin perseguido es luchar contra el dopaje, el cual atenta contra el valor ético esencial del deporte, que es el juego limpio al impedir una competencia en igualdad de condiciones", dijo el tribunal sobre su decisión de entregar las muestras.
Los organismos deportivos habían pedido el acceso a las pruebas para investigar posibles casos de dopaje de deportistas de otras disciplinas, mientras que los afectados se oponían porque podría comprometer el derecho a la intimidad y la posible identificación de sus propietarios.
El tribunal dijo en sentencia, fechada el pasado 10 de junio, que no se vulnera el derecho a la intimidad "ya que la sangre que se pretende analizar no se encuentra dentro del cuerpo de la persona, sino fuera, al haberse sometido voluntariamente el afectado a su extracción y haber quedado garantizada la custodia de las bolsas".
La actual legislación antidopaje española no estaba en vigor en 2006, por lo que el caso judicial iniciado contra los acusados, que eran cinco inicialmente, se montó sobre delitos contra la salud pública.
El tribunal absolvió a Fuentes y José Ignacio Labarta - número dos del equipo ciclista Kelme (posteriormente Comunitat Valenciana)- de estos delitos "al entender que la sangre que utilizaron para las transfusiones a sus pacientes no es un medicamento".
La sentencia implica en la práctica la anulación de la inhabilitación a Fuentes para ejercer la medicina deportiva que le había impuesto en 2013 el tribunal madrileño de menor instancia, que además lo condenó a un año de prisión.