El proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, todavía de aprobación incierta, permitirá a Hacienda comprobar si las Sicav cumplen con el número mínimo de accionistas (100). A mi juicio, independientemente de la aprobación final del citado texto legal, el hecho de reemplazar a la CNMV por el Ministerio de Hacienda en esta función de supervisión no supone variación significativa ni menoscabo del actual régimen de estas sociedades de inversión objeto de odio de algunos y de desconocimiento de la mayoría.
El porqué de la controversia
Las Sicav no son ni más ni menos que Instituciones de Inversión Colectiva. Su origen y base legal lo expliqué en este blog hace ya unos años tras el absurdo e injusto juicio público sufrido por el entonces eurodiputado de Izquierda Unida Willy Meyer que había cometido el “pecado” de tener un Plan de Pensiones y éste estaba vehiculizado en una Sicav luxemburguesa. De vez en cuando el debate de la existencia y funcionamiento de las Sicav vuelve a la actualidad mediática y, tras unos meses de cruce de declaraciones y artículos, se aletarga de nuevo en espera de su próximo salto a los medios por una ocurrencia de cualquier político mal informado.
Como conté en una ocasión en un post titulado “La sicav, ese oscuro objeto del mosqueo”, creo que la causa de la inquina que provoca a ciertas personas la existencia de una Sicav se encuentra en la asociación que hacen de este vehículo de inversión con el estereotipo del rico despiadado y explotador de trabajadores que, desde un despacho de una elevada planta de un edificio de oficinas, está sentado en un gran sillón de cuero fumándose un puro habano mientras ve cómo crece el patrimonio de su sociedad y no paga impuestos por ello. Puede parecer una caricatura pero, si uno reflexiona un poco, verá que ahí está el verdadero motivo por el que permanentemente se pone en entredicho la existencia de las sicavs en España (no sucede así en ningún otro país de Europa) y por el que se las considera a veces, equivocadamente a mi juicio, vehículos de evasión fiscal en manos de poderosos.
El control del número de accionistas
Tengo en mi curriculum el haber dirigido una gestora de Fondos de Inversión y Sicav y he conocido diversas exclusiones de cotización por parte de la CNMV de Sicav que habían incumplido con el requisito de los 100 accionistas (este hecho supone su exclusión de Bolsa y la sujeción al tipo general del IS). Es decir, el regulador de los mercados españoles cumplía y cumple su función de control del requisito del número mínimo de accionistas con total eficacia. Por ello, el hecho de que ahora sea reemplazado por el Ministerio de Hacienda para esta labor no debería de suponer variación alguna para las sociedades de inversión calificadas como Sicav.
Creo que el cambio obedece al oportunismo de un Partido Político que, como tantas veces, quiere jugar una baza populista y vender un supuesto empeoramiento del régimen fiscal de las teóricas rentas altas, apoyándose en una figura que, como es el caso de las Sicav, se asocia inmediatamente a ese grupo de contribuyentes y, con frecuencia, con una visión parcial.
El verdadero motivo del parón en su crecimiento
Es cierto que el crecimiento de las Sicav está estancado y su volumen descendió en 2018, si bien ha sido debido más al mal comportamiento de los mercados financieros que a la liquidación y baja de sociedades de inversión.
El verdadero motivo de la situación de parón que experimentan las Sicavs en España se encuentra, como indicaba un informe de la patronal Inverco, en el hecho de que nuestro país es el tercero más restrictivo de Europa en el tratamiento de este vehículo de inversión en requisitos como el capital mínimo, el número necesario de accionistas, su régimen registral, etc., condicionantes que son más laxos en la mayoría de sistemas legales europeos.
Para culminar este cóctel envenenado para las Sicav, el mencionado debate político lleno de medias verdades y errores de comprensión crea un contexto altamente adverso para que crezca el ahorro en este tipo de vehículos de inversión.
Dejemos ahorrar e invertir a cada uno cómo quiera
El ahorro es bueno para la economía de los países. Que éste se produzca mediante la inversión en una Sicav, en un Fondo de Inversión (con mejor fiscalidad para el partícipe que las Sicav) o la contratación de otros instrumentos de ahorro (depósitos, letras, bonos, etc.) debe ser una decisión de cada uno y el legislador debería velar por la neutralidad en el tratamiento fiscal de los mismos.