Barcelona, 20 ene (.).- El Tribunal Supremo ha anulado una orden de la Generalitat catalana de 2015 que obligaba a Airbnb a revisar y dejar de publicar anuncios de viviendas no inscritas en el registro de pisos turísticos de Cataluña al considerar que la plataforma es una mera intermediaria y no un proveedor de servicios inmobiliarios.
En una sentencia con fecha de ayer, el alto tribunal afirma que los anuncios son responsabilidad del que presta el servicio turístico final y no de Airbnb, al que define como un "intermediario neutro" de los servicios de la sociedad de la información.
Señala que la plataforma no debe considerarse un proveedor inmobiliario ni prestador de servicios turísticos, y que como intermediario se le debe aplicar la Directiva de Comercio Electrónico.
El Supremo ha estimado así tanto el recurso de casación interpuesto por Airbnb contra una sentencia de 2019 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), como el recurso contencioso administrativo contra la resolución de la directora general de Turismo de la Generalitat y contra la posterior resolución del secretario de Empresa, ambos de 2015, que anula.
Ante esta sentencia, la plataforma de pisos turísticos ha expresado este jueves, en un comunicado, su interés en trabajar con las administraciones públicas catalanas "para elaborar una normativa clara, adaptada a la realidad actual de los viajes y que apoye la actividad de los particulares".