Bruselas, 25 sep (.).- El Tribunal del Trabajo de Bruselas ha considerado que una guía turística que trabajaba como autónoma para la empresa española Buendía Tours mantenía en realidad una relación laboral de “trabajadora asalariada” con la compañía, y obligó a la empresa a abonar las cotizaciones de la trabajadora a la seguridad social belga, informó la demandante a Efe este sábado.
La resolución señala que la relación entre la guía Cristina Arnal y la empresa Buendía Tours “es una relación de trabajo asalariado y confirma la existencia de un contrato de trabajo”, y también obliga a la empresa española a abonar 1.283,52 euros a la seguridad social belga en concepto de cotizaciones, cifra susceptible de aumentar por intereses y otras circunstancias.
Además, la empresa tendrá que pagar a Arnal la diferencia entre el sueldo mientras trabajó para ellos entre 2017 y 2018 y el salario mínimo belga, ya que durante ese periodo en el que la justicia belga la ha considerado trabajadora asalariada ella no llegaba a percibir el mínimo legal en el país.
Arnal, natural de Zaragoza, recibió la notificación de esta sentencia esta semana y, en conversación telefónica, valora que el tribunal le haya dado la razón en sus argumentos para defender que su relación laboral era de asalariada en áreas como la jerarquía sobre el trabajo y la organización del tiempo de trabajo.
El tribunal determinó además que los testimonios en su contra que había aportado la empresa no contenían información relevante para determinar la relación laboral entre ambos y que se trataba de personas que no habían trabajado en la empresa en el mismo periodo que ella, señaló Arnal.
"Era una situación de precariedad bastante excepcional respecto a otras empresas. Creo que ahora todo el mundo va a tener mucho más cuidado en cómo trata a la gente en el mundo del 'free tour'", apunta la exguía.
Efe ha intentado ponerse en contacto con Buendía Tours para recabar su versión, sin éxito.
El litigio se inició hace dos años, cuando Buendía Tours denunció a Arnal y a la seguridad social belga después de que ésta hubiera determinado que la mujer debía ser reconocida como empleada contratada y no autónoma.
Arnal comenzó en 2017 a trabajar como autónoma para esta empresa especializada en los conocidos como “free tours”, en los que el turista paga al guía una cantidad voluntaria al final del recorrido organizado por la compañía. El guía, a su vez, debe pagar a la empresa una comisión por cada uno de los participantes en sus tours, en ocasiones superior a lo que le habían abonado los clientes en la ruta.
En 2018, decidió presentar su caso ante la Comisión Administrativa de Reglamento de la Regulación de Trabajo (CRT), órgano dependiente de la Seguridad Social belga y encargado de evaluar a petición del interesado la regularidad de la situación profesional de los trabajadores, para demostrar que había una "relación de jerarquía" con la empresa implicada y de control en el desarrollo de su trabajo.
Un calendario de Google (NASDAQ:GOOGL) en el que adjudicaban las rutas a cada guía era el único "contrato" que le relacionaba con Buendía Tours y que sirvió, junto con capturas de conversaciones y correos electrónicos, para que la seguridad social belga sentenciara que la condición de Cristina era de "falsa autónoma".
Durante el juicio posterior, la operadora se amparó en la máxima de que los guías "eran totalmente libres de hacer su trabajo" y que los trabajadores "eligieron libremente ser 'freelances'", según la versión de la letrada de la española.
Ante esta decisión del tribunal aun cabe recurso por parte de la empresa Buendía Tours.