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Una sentencia reconoce el derecho de empleadas de hogar a cobrar paro sin límite temporal

Publicado 03.10.2024, 19:28
Una sentencia reconoce el derecho de empleadas de hogar a cobrar paro sin límite temporal
SAN
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Santander (BME:SAN), 3 oct (.).- El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha reconocido el derecho de una empleada de hogar a cobrar la prestación por desempleo de los años cotizados antes del 1 de octubre de 2022, cuando estas trabajadoras no tenían obligación de cotizar en el régimen especial.

La sentencia de la Sala de lo Social del TSJC revoca una sentencia anterior de un juzgado que desestimó la demanda contra el Servicio Público Estatal de Empleo (SEPE) presentada por esta trabajadora para reclamar la prestación por desempleo por los días de trabajo acumulados, incluidos los anteriores al 1 de octubre de 2022.

En la demanda, presentada en marzo de 2022, la empleada de hogar pedía el reconocimiento del periodo de alta en el régimen especial y que se tuviera por cotizado para devengar derecho a desempleo.

Los periodos que abarcaban la demanda se retrotraían a los días trabajados entre los años 2013 al 2018. Se acreditaron un total 1.733 días de alta en el régimen especial de empleadas de hogar que dan derecho a 720 día de desempleo.

En la sentencia, dada a conocer este jueves por USO, sindicato que presentó la demanda, se tiene en cuenta la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 24 de febrero de 2022 en la que se consideró discriminatoria la norma española, al situar a estas trabajadoras en desventajas respecto al resto de empleados.

Con esta sentencia del TSJC, este sindicato destaca que se reconoce y restablece el derecho de las empleadas de hogar en Cantabria a computar el tiempo de alta en la Seguridad Social para devengar prestación por desempleo y Fogasa.

USO subraya su importancia al afectar a un colectivo de más de 5.000 mujeres en Cantabria que en muchos casos no alcanzan los 15 años de cotización para poder tener derecho a una pensión de jubilación contributiva.

Con la sentencia no solo se cobra el desempleo si no que el SEPE cotizará a la Seguridad Social por el periodo de paro reconocido y, una vez agotado éste, se tendrá derecho a cobrar el subsidio por desempleo y el SEPE continuará cotizando a la Seguridad Social hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, ha señalado el sindicato.

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